2025-04-30

UN CONFLICTO FAMILIAR DETRÁS DE TODO

Lo acusaron de abusar de su nieta pero lo absolvieron por falta de pruebas

Los jueces Romina Martini, Bernardo Campana y Gregor Joos, dictaron la absolución definitiva de un hombre de 74 años que había llegado a juicio acusado por abuso sexual simple reiterado, por hechos supuestamente cometidos contra su nieta. Los jueces acreditaron la existencia de un conflicto por un lote y encontraron falta de pruebas para sostener la acusación.

El fiscal Francisco Arrien y el querellante Víctor Massimino le atribuyeron al hombre una serie de hechos ocurridos entre diciembre de 2021 y abril de 2022, en el interior de un domicilio de la localidad de El Bolsón, cuando el sujeto habría quedado solo al cuidado de su nieta de 9 años de edad y aprovechó la circunstancia para manosearla. Esos hechos fueron encuadrados en la figura de abuso sexual simple reiterado, agravado por el vínculo y corrupción de menores. 

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No obstante, la defensa pública, a cargo de Marcos Miguel, planteó otra teoría del caso, haciendo referencia a que la denuncia se vinculaba a un conflicto con una propiedad y en tal sentido solicitó la absolución de su asistido.

El propio imputado, ratificó los dichos de su letrado, dijo que tras radicarse en el lugar comenzaron los problemas cuando con diversos pretextos le indicaron que había que hacer trámites y detectó que habían puesto todos los papeles del terreno a nombre de otra persona. “Lo meten preso y yo me voy con los tres chicos y nadie me saca”, dijo haber escuchado el acusado de parte de una de las denunciantes.

Pero tras un análisis completo de los testimonios vertidos durante el juicio oral, los jueces observaron que “todas las fuentes de información están vinculadas a la declaración de la niña, no se han traído elementos de prueba de fuentes distintas” y remarcaron que “la existencia de este conflicto por el lote y la vivienda del acusado, se trata de una cuestión no controvertida ni discutida. Está aceptada por toda la familia. Está reconocida a través de las distintas decisiones judiciales dictadas. Y en este sentido, podemos decir que la existencia de este conflicto no implica que el acusado no haya cometido estos hechos” y remarcaron una vez más que “el análisis de los hechos de abuso transita un camino diferente e independiente”.

En tal sentido remarcaron que “a las iniciales conclusiones, que nos llevaban a entender que los elementos de prueba presentados por la acusación resultaban insuficientes para poder arribar a la certeza que requiere una condena, agregaremos que la prueba presentada por la defensa repercute en el análisis general de toda la información recibida en el juicio. Presentación de prueba que debió haber considerado la acusación y así esforzar los extremos de su acusación”.

Recordaron también que “frente a la declaración de su nieta, el imputado ha negado enfáticamente estos sucesos. Reiteramos que la fiscalía y la querella no ha aportado al juicio información de calidad suficiente y necesaria que provengan de fuentes distintas a la declaración de la víctima con el objeto de buscar el refuerzo externo de dicha declaración para poder sostener una acusación que como se ve pretende imponer una grave pena de prisión”.

Señalaron entonces, "como conclusión de esta cuestión, consideramos que la prueba de cargo producida a instancias de la fiscalía y querella, no permite en este caso arribar al grado de certeza necesaria para afirmar con contundencia la existencia de los hechos que se le adjudican al sujeto y que por tanto corresponde su absolución”.

 

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