2025-02-17

Rechazaron la impugnación de la Lof Buenuleo y confirmaron la sentencia para sus miembros

Sobre los hechos ocurridos en el año 2019.

Los jueces Luciano Garrido y Emilio Stadler y María Florencia Caruso Martin, integraron especialmente el Tribunal de Impugnación en el trámite del caso, tras la presentación defensiva y confirmaron la sentencia que condenó a los miembros de la Comunidad a distintas penas de prisión por la usurpación de un predio en la zona conocida como Pampa de Buenuleo.

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El Tribunal de Impugnación, consideró que “más allá del esfuerzo profesional realizado por ambos letrados defensores, los argumentos esgrimidos para sostener el recurso son insuficientes para rebatir los fundamentos de la sentencia atacada, toda vez que éstos son completos, integrales, razonados, eficientes y ajustados a los hechos juzgado y al derecho aplicado”.

Así, confirmaron la sentencia que condenó a Ramiro Abelardo Andrés Buenuleo, Sandra Noemí Ferman, Nahuel Aucan Maliqueo, Rosa Mabel Buenuleo, Lucas Emanuel Dinamarca y Leonardo Andrés Feltez, en orden al delito de usurpación por el que fueron juzgados y condenados, en un accidentado y dilatado proceso, con penas de hasta 18 meses de prisión en suspenso.

 En el caso se investigó un hecho ocurrido a partir del 10 de septiembre de 2019, cuando despojaron a Emilio Friedrich y otras personas, de un lote de unas 92 hectáreas, ubicado en el sector Sur de la ciudad, conocido como Pampa de Buenuleo.

Según la acusación, organizados previamente, los acusados iniciaron la ocupación del predio apuntando a una recuperación territorial. En el camino el expediente deambuló por los estrados judiciales y estuvo a punto de caerse cuando la fiscalía se retiró del caso, tras un dictamen del INAI, que reconoció la ocupación histórica del lugar por integrantes de la comunidad. Luego esa resolución fue anulada y el caso quedó listo para avanzar a juicio, pese a que más tarde el INAI volvió a dictar una resolución que avaló la preexistencia de la Comunidad Buenuleo en el lugar, hace unos ciento cincuenta años aproximadamente.

Además, a Ramiro Buenuleo y Feltez, les atribuyeron un hecho que ocurrido el 6 de septiembre de 2022, cuando según la acusación se pusieron de acuerdo para realizar llamadas telefónicas y alterar el normal desarrollo de una audiencia que en ese momento se realizaba en los tribunales locales. Mediante mensajes de WhatsApp, Buenuleo le pidió a Feltez que realice los llamados y Feltez llamó dos veces al 911 y a Bomberos Voluntarios, advirtiendo sobre la presencia de un artefacto explosivo en el edificio Pilmayquen, obligando a la suspensión de todas las actividades judiciales y al desalojo del edificio.

 

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