2025-02-13

Denunció la usurpación de un lote que vendió en 1994 y logró llegar al juicio: absolvieron al acusado

Denunciante pagará las costas del proceso.

El juez Bernardo Campana dictó la absolución definitiva de un sujeto al que la fiscalía atribuyó el delito de usurpación. Se trata de Miguel Ángel Buchile (46), a quien el fiscal Francisco Arrien y el abogado Martín Domínguez - en representación del denunciante Adolfo Freeman-, le atribuyeron un hecho ocurrido el 2 de noviembre de 2022.

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Según la acusación, en compañía de otras personas, el acusado había ingresado al inmueble ubicado en las calles Andén y Levalle de El Bolsón, ejerciendo violencia sobre 50 metros de alambre junto a un tanque de agua de 10.000 litros. Así despojaron, siempre según la acusación, de la posesión pacífica y continua del inmueble que mantenía Adolfo Freeman desde el día 14 de marzo del año 1994.

Pero los defensores particulares Mónica Gutierrez y David Milstein, plantearon que Freeman no tenía la posesión del lote en cuestión porque lo había vendido en el pasado y que además Buchile había adquirido en el año 2017 a través de un boleto de compraventa, además de ejercer una pluralidad de actos posesorios desde entonces.

El juez Campana dijo que quedó claro que Freeman compró el terreno en 1994 y poco después vendió a un hombre de apellido Franco que a su vez le vendió a una mujer de apellido De Giorgis, a quien finalmente Buchile le compró en 2017, pero no obstante todo eso, lo que si era objeto de controversia en el proceso es quién poseía el inmueble al momento del hecho. Detalló que según fiscalía y querella, era Freeman quien ejercía la posesión desde 1994, pero la defensa aseguró que era Buchile quien detentaba la posesión desde 2017.

“Por el contrario no se puede reclamar al acusado que no haya iniciado otras acciones, cuando justamente adquirió el lote y su posesión con la intervención de un abogado, regularizó los impuestos y realizó obras evidentes en el inmueble bastante tiempo antes de la fecha en la que se le atribuye el hecho”, expresó el juez Campana y agregó “Entonces por cuanto  se acreditó la teoría positiva de la defensa y consta que los actos adjudicados al imputado y que él reconoció haber cumplido el día 2/11/22 no despojaron de la posesión al denunciante, quien para entonces ya no la detentaba,  corresponde disponer sin más,  la absolución de Miguel Ángel  Buchile”.

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