ORDENAN EXTREMAR MEDIDAS DE SEGURIDAD
Rechazaron un hábeas corpus que pedía garantías para los marchantes a lago Escondido
En la parte resolutiva el juez Juan Pablo Laurence resolvió “rechazar in límine la acción de hábeas corpus interpuesta por Julio César Uriel y ampliada por Sergio Camilo Cuestas por no advertir vulneración a las garantías constitucionales que invoca”.
En un segundo punto de la resolución, Laurence ordenó librar oficios “al Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Río Negro a los fines de tomar conocimiento de los hechos denunciados y al Ministerio de Seguridad de la Nación con el fin de que se extremen las medidas para garantizar la seguridad de las personas que se vean involucradas en la anunciada marcha al lago Escondido (de público y notorio)”.
En la presentación ante el magistrado se mencionó que en el marco de la travesía a lago Escondido por el recorrido camino público de traza más larga y por la montaña, el día 6 de febrero llegaron a la cabecera norte del lago Soberanía donde fueron interceptados por un grupo de civiles montados a caballo entendiéndose como una guardia montada que se encuentra presumiblemente armada como en ocasiones anteriores. Relata el escrito que este grupo de aproximadamente cincuenta civiles montados a caballo comenzó a hostigarlos y a impedirles el avance por el sendero público siendo de este modo privado de su libertad y obligándolos a regresar.
Según se menciona, los manifestantes lograron identificar a Nicolás van Ditmar, “quien sería la persona que daba órdenes a este grupo a caballo”.
El juez Laurence concluyó que “estas situaciones fácticas, exceden con creces la vía del hábeas corpus preventivo intentado, pues a todo evento, requerirá de una investigación por parte del M. P. F. y de su resultado se pondrá a consideración de la judicatura, si es que así lo considera (principios del sistema acusatorio). Por ello el pedido de hacer cesar el delito, excede a las facultades que como juez de Amparo-Hábeas Corpus pueda tener en esta limitada acción de clara índole constitucional. Ello en virtud de que la investigación se ha iniciado, se deberá recabar evidencia al respecto y concluir lo que corresponda por derecho, atento las circunstancias del caso y su sustento”.
(Noticia en desarrollo)