Género X: ¿Cómo se debe tramitar el nuevo DNI para identidades no binarias?
A través de un decreto presidencial, en nuestro país se reconoció el derecho de las personas que no se sienten identificadas con el género masculino o femenino para que accedan a una tercera categoría no binaria.
No necesitás iniciar ningún proceso judicial y debés realizar el trámite ante el registro civil de tu jurisdicción. Si tenés algún problema para acceder a este derecho, podés consultar a la defensa pública.
La decisión presidencial tiene como objetivo reconocer la identidad de género de aquellas personas que no se identifican como varones o mujeres. Esto resulta independiente del sexo que se hubiera determinado al nacer y de los documentos y partidas que se tengan emitidos.
El trámite no es judicial, sino administrativo, por ello concurrí a la sede del registro civil que te corresponda por domicilio y solicitá un nuevo ejemplar de tu documento de identidad. Cuando recibas tu nuevo DNI, en el espacio denominado “sexo”, figurará una “X”, en lugar de la “M” o “F”, únicas opciones posibles hasta hace poco tiempo.
Cabe señalar que a partir de la Ley 26 743, denominada Ley de Identidad de Género, desde 2012 se reconoce el derecho a que las personas sean identificadas y tratadas de acuerdo a su vivencia interna e individual de su género. El antecedente de esta ley es que se brindaba la posibilidad de cambiar el sexo asignado al nacer dentro de las opciones binarias hombre/mujer.
Es necesario aclarar que, tal como dispone la Constitución Nacional, el mismo derecho a acceder a los DNI no binarios está garantizado tanto para los argentinas/os/es nativos/as/es y naturalizadas/os/es, como así también para los documentos emitidos en Argentina respecto de personas nacidas en otros países.
¿Cómo puede ayudarte el poder judicial?
Si tuviste o tenés algún inconveniente en el trámite, hay organismos que pueden ayudarte. Acercate al Centro de Atención de la Defensa Pública (CADEP) o la defensoría descentralizada que corresponda por tu domicilio para recibir asesoramiento. También podés consultar en la Oficina de Atención a las Personas del Poder Judicial más cercana a tu hogar.
Identidad de género
A partir del 2012, todas las personas tienen el derecho a que se reconozca su identidad de género, al libre desarrollo de esa identidad y a se que les trate de acuerdo a ella.
Tal como se especifica en la ley, los requisitos para acceder a este derecho no requieren bajo ningún aspecto "acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico".
¿Qué pasa con los pasaportes?
El propio decreto 476/2021 advierte que existen países que no aceptan una denominación por fuera de los géneros binarios. En consecuencia, ordena a los agentes de las dependencias de Registro Civil y de Capacidad de las Personas de nuestro país el deber de informar sobre la posibilidad de que quienes solicitan el nuevo documento vean restringido el derecho a ingresar a determinados países.
Esto está vinculado a normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) a las cuales Argentina ha adherido y a que si bien algunos países, como Bangladesh, Pakistan y Nepal ya cuentan con este reconocimiento, otros estados no han receptado la posibilidad de emitir documentos de viajes no binarios.