GRAVE CUADRO DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Violó a su pareja, la golpeó, robó, amenazó y más: pagará con cuatro años de prisión
A partir de un cuadro mental verificado mediante una pericia psiquiátrica, se consideró una responsabilidad atenuada en todos los delitos atribuidos y en el marco de un acuerdo pleno de juicio abreviado le impusieron cuatro años de prisión.
El fiscal César Lanfranchi le atribuyó al sujeto una serie de hechos ocurridos el 12 de junio de 2019. Aquel día el acusado violó a quien por entonces era su pareja, pese a la negativa de la mujer y a la justificación de estar realizando un tratamiento médico que le impedía mantener relaciones sexuales.
Haciendo uso de su supremacía física, el acusado sació sus deseos sexuales en varias ocasiones durante el día, dejando como consecuencia varias lesiones de carácter leve, producto de los diversos golpes que le aplicó a la mujer y a los forcejeos que se produjeron ante las desesperadas maniobras defensivas de la misma.
La fiscalía consideró que esas agresiones se dieron en un contexto de violencia de género ya que ambos mantuvieron una relación de pareja de aproximadamente cartorce años de convivencia, con varios episodios anteriores de violencia (con insultos, maltrato físico y verbal, celos, manipulación y control).
El segundo de los hechos atribuidos ocurrió el 23 de mayo de 2020 al caer la tarde, cuando el acusado rompió un vidrio de la vivienda en la que ya no habitaba e ingresó contra la voluntad de la mujer. Una vez en el interior, insultó y amenazó a la víctima, le arrebató el teléfono celular impidiendo así que la víctima se comunique con la Policía y comenzó a manosearla.
La mujer logró escapar, recuperar su teléfono celular y contactar a las autoridades, escapando de la vivienda, mientras que el acusado se alejó rápidamente del domicilio.
Finalmente, una patrulla que arribó al domicilio comenzó la recorrida por la zona y capturó al agresor a pocos metros de la vivienda de la víctima.
La fiscalía calificó los hechos como constitutivos de los delitos de abuso sexual con acceso carnal -dos hechos- y lesiones leves agravadas por el vínculo y por un contexto de violencia de género -primero- y abuso sexual agravado, daños, violación de domicilio, amenazas simples, lesiones leves agravadas por el vínculo y en un contexto de violencia de género, violación a las medidas adoptadas para impedir propagación de pandemia por COVID-19 -segundo-.
En acuerdo entre fiscalía y defensa, encomendaron un informe al Cuerpo de Investigaciones Forenses que concluyó con un informe en el que se señaló que el acusado presentaba una imputabilidad disminuida. En la descripción se explicó que si bien cometió los hechos en pleno conocimiento de la criminalidad de los actos, su capacidad de dirigir las acciones atribuidas se encontraba limitada a partir de un estado de impulsividad elevada, no planeada, es decir imprevisión en su conducta o ausencia de planificación a futuro, imposibilidad en demorar sus necesidades o motivaciones tal cual lo diagnosticó la psiquiatra forense.
En consecuencia, la fiscalía planteó que en atención al principio de proporcionalidad y su consecuente prohibición de exceso, la pena debe ser acorde al delito cometido y ante el cuadro de salud mental del imputado, no debía ceñirse al mínimo de la escala penal, por lo que ofreció al acusado, en caso de que aceptara el acuerdo, una pena de cuatro años de prisión efectiva.
Los defensores oficiales, Blanca Alderete y Marcos Miguel, no presentaron objeciones y aceptaron la propuesta fiscal. Señalaron que habían trabajado de forma mancomunada, conversado con su asistido, que revisaron las evidencias que obran en los legajos del Ministerio Público Fiscal y que analizando las mismas concluyeron que, en caso de que se realizara un juicio común, su asistido tenía grandes probabilidades de ser declarado responsable. Que también habían analizado la circunstancia de que el acusado tiene reducida su capacidad conforme lo dictaminado por la forense por lo cual coincidían con la pena propuesta por el fiscal.
Tras escuchar la propuesta fiscal y el consentimiento defensivo, los jueces Marcos Burgos, Bernardo Campana y Gregor Joos explicaron los alcances de la propuesta al imputado, quien admitió todos los hechos, su participación y culpabilidad y acordó tanto con la calificación como con la pena propuesta.
Evaluaron los jueces que en el legajo judicial existía suficiente material probatorio que otorgaba validez a la confesión del acusado y, en relación a la pena, analizaron que “si bien la misma perfora el mínimo legal, tal proceder se encuentra amparado por nuestra Constitución Nacional a partir del principio de culpabilidad y a su vez justificado en este caso a partir de las conclusiones a las que arribó la doctora Verónica Martínez, en las cuales ha quedado expuesto en forma categórica que el acusado no tiene un dominio pleno de sus acciones, sino que su dominio es limitado a partir de su cuadro de salud mental”.
*Si vos o alguna mujer que conocés sufre violencia de género, podés llamar a la Línea 144, que brinda atención telefónica, anónima y gratuita, a mujeres víctimas de violencia de género.