2021-02-17

LES HABÍAN IMPUESTO CONDENAS EN SUSPENSO

Rechazaron recursos de tres personas condenadas por tenencia de drogas para comercio

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, rechazó los recursos intentados por las defensas y confirmó las condenas de dos personas que fueron encontradas culpables por los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

 

Los jueces Alejandro Slokar, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci, rechazaron los recursos de Luis Ñanco (44) -condenado como partícipe secundario del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización- y de María Paulina Díaz (36), por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

En el caso, la Sala de Casación intervino para tratar los recursos que intentaron el defensor oficial Ignacio Tedesco (Ñanco) y Natalia Araya (Díaz), contra la sentencia de la Cámara Federal de General Roca, que había rechazado una serie de planteos de nulidad efectuados por la defensa y decretado la condena en suspenso de los nombrados, además de Susana Ñanco, cuya defensa no apeló la sentencia.

En el expediente también estuvieron ligados Daniel Oscar “El Oso” Córdoba y Hernán Fredes, aunque con el avance del caso fueron quedando al margen y resultaron sobreseídos.

La causa se inició en el 2014 a partir de un llamado anónimo al 0800 Drogas implementado por el gobierno provincial. Pero en los cinco allanamientos simultáneos que se desplegaron dos años después, no se obtuvo el resultado pretendido. Con el correr del tiempo cobró fuerza la hipótesis de una participación policial, que alertó a los investigados momentos antes de que se ejecutaran las pesquisas.

De los cinco allanamientos, solo tres fueron positivos: en una vivienda del barrio Nahuel Hue hallaron 13 envoltorios con 10 gramos de cocaína, 112.538 pesos, 1.000 dólares, 20 euros, reales y pesos chilenos, balanzas y otros elementos. En otro allanamiento, en una casa del barrio Pilar II, hallaron 180 gramos de marihuana y 1 gramo de cocaína en una mochila y un arma de fuego cargada con 4 proyectiles. En el tercer procedimiento positivo, que se efectuó también en el barrio Nahuel Hue, secuestraron 571 gramos de cocaína.

Como saldo del proceso que se sustanció en el Escuadrón 34 de Gendarmería Nacional de Bariloche, el tribunal roquense había impuesto una pena de tres años de prisión en suspenso y una multa de tres mil pesos a Susana Ñanco; dos años y seis meses de prisión en suspenso y multa de dos mil pesos a Luis Ñanco y tres años de prisión en suspenso y multa de tres mil pesos a Díaz.

Pero los defensores apelaron sosteniendo que cuando se autorizaron los allanamientos, la pesquisa no contaba con los suficientes elementos probatorios que avalaran la inspección de los domicilios y que además, las medidas se desarrollaron sin la presencia de los testigos que exige la legislación, entre otras consideraciones. Además, sostuvieron que la evaluación de las penas impuestas había carecido de fundamentación válida.

Los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal dijeron que "el planteo de la defensa no solamente constituye una reedición de su similar formulado durante las distintas instancias, sino que no esgrimió argumentos novedosos que permitan verificar que los rechazos son fruto de una arbitraria evaluación del material ingresado al legajo" y agregaron que "los informes de prevención, tomas fotográficas y filmaciones de las viviendas intervenidas, resultan de suma relevancia toda vez que contribuyeron a vincular a los imputados con la tenencia de estupefacientes para su comercialización".

Concluyeron entonces que "la fundamentación otorgada al fallo pronunciado respecto a la materialidad del delito y grado de participación de Luis Leandro Ñanco y María Paulina Díaz, lejos de apoyarse en afirmaciones dogmáticas ha sido desarrollado en base a una adecuada valoración de las probanzas ingresadas al legajo, por lo que se descarta la arbitrariedad alegada por la recurrente".

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