CORONAVIRUS
Tras el rebrote del virus Dina Huapi prohibió nuevamente las reuniones sociales
Fue dado a conocer mediante una resolución emitida por parte del municipio de esa localidad. También prohibieron la circulación en todo el ejido entre las 24 y las 6 horas, quedando exceptuados de esa prohibición solamente los trabajadores esenciales. La medida rige desde el sábado 18 de julio.
La secretaria de Políticas Públicas de Salud de la provincia, Mercedes Ibero, dio a conocer el sábado durante su informe diario la confirmación de cinco nuevos casos en la localidad de Dina Huapi, que incrementó ahora el número de casos activos de coronavirus a trece.
Por este motivo desde el municipio de esa ciudad emitieron una resolución que fue dada a conocer a los medios de prensa, en la que informan sobre las nuevas medidas a tomar.
“Al día de la fecha -por el sábado-, Dina Huapi, luego de semanas sin activos presenta trece casos positivos, originados en el marco de una reunión social que, si bien estaba permitida, por el exceso de personas, superando el máximo permitido de diez, con la participación de personas provenientes de otra localidad, ha generado un rebrote del virus y el potencial peligro de la circulación local”, destaca el escrito.
En este sentido, el texto destaca que “si bien desde la IV zona sanitaria de Salud Pública se han instrumentado todos los protocolos para aislar los casos activos y evitar contagios, es necesario tomar medidas restrictivas en pos de evitar a futuro situaciones similares”.
“En el marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, ha de dejarse sin efecto la autorización de reuniones sociales, prohibiéndose en consecuencia las mismas, a partir de la firma de la presente y hasta que la situación epidemiológica de nuestra localidad sea estable, sin casos activos, y cumpliendo los parámetros dispuestos a nivel nacional y provincial”, señala el texto.
Finalmente, el articulo número 2 del dictamen dispone la prohibición de circular en el ejido municipal todos los días, de 24 a 6 horas. “Estarán exentos de esta prohibición todos aquellos sujetos que desarrollen actividades esenciales conforme a las disposiciones de carácter nacional al respecto”.