2018-07-12

Seis meses de prisión en suspenso por amenazar de muerte a su expareja

Mario Reyes Espina (36) reconoció el hecho que le atribuyeron y aceptó ser condenado a una pena de prisión en suspenso por el delito de amenazas simples. Lo acusaron por un hecho ocurrido en 2016, dirigido contra su expareja.

El juez Marcelo Barrutia homologó el acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre el fiscal Tomás Soto, el defensor oficial Marcos Cicciarello y el propio acusado y de esa manera declaró al sujeto autor penalmente responsable del delito de amenazas simples, por un hecho ocurrido el 9 de junio de 2016, en un domicilio del barrio El Frutillar.

Reyes Espina se había presentado aquel día por la tarde en el domicilio de su expareja y desde el interior de un vehículo estacionado junto al portón de ingreso a la vivienda, tocó bocina y cuando su propio hijo de nueve años salió para atenderlo, le indicó que le avisara a la madre que esa noche iba a matarla y que la iban a encontrar en un zanjón.

Sus amenazas lógicamente fueron transmitidas por el niño a su madre con honda preocupación y la mujer realizó la denuncia penal y el caso atravesó las diversas instancias previstas por el viejo Código Procesal Penal para llegar a  la instancia definitiva en la que las partes lograron arribar a un acuerdo por el mínimo de la escala penal prevista para el delito atribuido.

Según detalló el fiscal Soto en su presentación del caso ante el magistrado, además de la denuncia penal y de algunos testimonios, en el marco de la investigación se habían logrado reunir otros materiales probatorios que revelaban la existencia de una situación de alto riesgo, enmarcada en una relación de violencia de género.

El defensor oficial, admitió que revisó detalladamente el expediente y sugirió a su pupilo aceptar la propuesta porque establecía la certeza de ser condenado al mínimo de la pena, mientras que en una audiencia de juicio convencional, corría el riesgo de recibir una sanción mayor.

Así, el juez Barrutia encontró el acuerdo ajustado a derecho y condenó a Reyes Espina a la pena que él mismo aceptó, y además le impuso una serie de pautas de conducta de rigor, pero especialmente una prohibición de acercamiento hacia la víctima, por el término de dos años. Cualquier violación o incumplimiento a las condiciones impuestas, derivará en la modificación de la calidad de condicional de la pena, para tornarla de cumplimiento efectivo.

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