2018-06-28

PRISIÓN EN SUSPENSO

Admitió haber manoseado a su hija y amenazado a su exesposa

Un hombre nacido en Calbuco, Chile, hace 56 años, admitió su culpa y en el marco de un acuerdo pleno de juicio abreviado fue condenado a la pena de tres años de prisión en suspenso. Le atribuyeron un hecho en el que abusó sexualmente de su hija, la amenazó y tras ser descubierto también amenazó a su expareja.

El juez Marcelo Barrutia homologó un acuerdo pleno de juicio abreviado alcanzado entre la Fiscalía, la defensa y el propio imputado y le impuso al sujeto la pena de tres años de prisión en suspenso, el mínimo legal establecido para el delito que reconoció, para prestar conformidad a la resolución del caso.

Según describió el fiscal Martín Govetto, el hombre ya había sido acusado en una audiencia de formulación de cargos y se había requerido la realización de una audiencia de control de acusación, paso previo al juicio oral. Sin embargo, mientras duró el plazo de la investigación preliminar, la Fiscalía, la Defensa y el propio imputado arribaron a un acuerdo para presentar un acuerdo pleno al magistrado y requerir su homologación.

El hecho investigado ocurrió el 11 de junio de 2017 en horas de la noche cuando el sujeto se presentó en el domicilio en el que su expareja vivía con los hijos menores de edad que tuvo el matrimonio.

Tras ingresar a la vivienda, mandó a los hijos más pequeños a dormir y se quedó en soledad con la mayor de sus hijas, una adolescente de trece años al momento del hecho. En ese contexto comenzó a manosearla, mientras la obligaba a desvestirse y él mismo se quitaba la ropa.

En un momento determinado, la niña juntó coraje y se opuso a continuar concretando los requerimientos del acusado y el sujeto comenzó a amenazarla. La escena, mientras tanto, era observada por una tía de la nena desde una ventana de la vivienda, dando aviso a la madre de la menor.

De esa manera, varios integrantes del grupo familiar lograron intervenir y pusieron en fuga al sujeto, aunque antes de hacerlo le propinó golpes a la mujer y profirió amenazas mientras se alejaba de la escena.

El fiscal Martín Govetto recordó que el hombre, en el primer tramo de la investigación estuvo detenido con prisión preventiva y que en su historial no existen antecedentes computables, por lo que se imponía aplicar el mínimo de la pena posible, si se lograba un acuerdo pleno en el que el acusado reconociera su culpabilidad.

El defensor oficial Marcos Cicciarello prestó su conformidad para el acuerdo pleno y el acusado reconoció su participación en el hecho, coincidiendo con la calificación legal dada al episodio y la pena planteada por la Fiscalía.

De esa manera, ante el acuerdo pleno de las partes, el juez Marcelo Barrutia solo tuvo injerencia para revisar los aspectos legales del acuerdo y homologarlo, aplicando en consecuencia la pena acordada entre las partes.

Además de la pena en suspenso, en el mismo acto notificaron al imputado de su obligación de respetar ciertas pautas de conducta, bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena y ordenará su alojamiento en un establecimiento carcelario. Entre las pautas impuestas, se destaca la prohibición de acercamiento y contacto por cualquier vía, para con la niña victimizada y el resto del grupo familiar, por el término de cuatro años.

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