2018-05-14

SE AMPLÍA LA POLÉMICA

Para Contín, el intendente generó una resolución que es “nula e ilegal”

 

El juez de Faltas dijo que el intendente y el área de Tránsito deben cumplir las ordenanzas y que una resolución de Intendencia no tiene validez, por sobre la normativa.

El juez de Faltas municipal, Gustavo Contín, explicó en El Cordillerano Radio las razones de la medida por la que se le restituyó la licencia a un conductor, que había sido infraccionado por alcoholemia positiva.

Contín declaró en el programa El Expreso Periodístico, que él está subrogando a la jueza titular y que se encontró el pasado jueves con este caso, donde desde Tránsito de la Comuna, no se le quiere entregar el carnet a un conductor que ya pagó y cumplió la condena, “aduciendo una resolución municipal del intendente, donde dice que debía rendir de nuevo”.

“Me encuentro con que en realidad, de forma arbitraria, la Delegación de Tránsito está aplicando una resolución que es nula e ilegal”, opinó Contín.

“La ordenanza prevé como sanción la multa y la prohibición de conducir, nada dice respecto a retener el carnet o a exigir otro tema adicional. Con lo cual, no pueden generar con una resolución del intendente, una nueva sanción. Eso afecta el principio de legalidad y nuestra función como jueces, es garantizar a todo el mundo la legalidad de los procedimientos y la aplicación de la ley, sino quedamos en manos de cualquier funcionario”, argumentó.

La publicación de la noticia y la posterior respuesta pública de Contín calaron hondo en el municipio, donde se desató una verdadera interna entre áreas, por las disidencias entre unos y otros. Además de los riesgos que esto puede traer aparejado para el erario público, debido a que si hay antecedentes donde realmente se mandó a rendir de nuevo el examen de conducir a otras personas, podría significar juicios en contra de la Comuna.

Consultado sobre la necesidad de presentar nuevos exámenes médicos y teórico-prácticos luego de una infracción por alcoholemia sostuvo: “La Ley de Tránsito, prevé esta exigencia solo para la renovación del carnet de conducir. En este caso estamos hablando de una retención del carnet como consecuencia de una infracción, si aplicamos esto, estamos dando de baja un carnet y no es lo que dice la ordenanza municipal”. Agregó además, que la Ley Nacional de Tránsito no dice nada al respecto, en lo que hace a que deban rendir otra vez los conductores.

“No puede ni el intendente ni la Dirección de Tránsito, generar una nueva sanción, como es esta que le están tratando de aplicar”, continuó. Y si bien se mostró a favor de una pena ejemplar ante la comunidad para quienes conducen en estado de ebriedad, consideró que debe ser sumado al texto de la ordenanza y no desde una resolución.

Contín dijo desconocer si hay casos donde se haya mandado a volver a rendir el examen de conducir a los infractores, pero entiende que de haber sucedido, “es muy grave, porque es absolutamente ilegal y uno como juez debe remediarla. Me atrevería a decir que hay un ilícito de quien quiera retener el carnet de conducir”.

Contín dijo además, que estas decisiones corresponden a los concejales, que deben legislar adecuadamente y poner las nuevas sanciones en el texto de la ordenanza.

Comentó que el episodio fue “muy desagradable”, porque desde Tránsito se negaron a darle la licencia al infractor, pese a la orden del propio juez, por lo que debió enviar a dos oficiales de Justicia a que secuestren el carnet.

“Aunque uno sea intendente o jefe de Tránsito no puede hacer lo que quiera, hay un marco de legalidad que debe ser respetado, porque si no esto se convierte en un caos”, concluyó el juez de Faltas.

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