Pareja de verduleros condenada por venta de estupefacientes en el Nahuel Hue
El tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca, a cargo de Orlando Coscia, condenó a una pareja de verduleros, domiciliada en el barrio Nahuel Hue, tras hallarlos autores penalmente responsables del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y tenencia de arma de fuego sin autorización legal. El hombre irá tras las rejas, la mujer, considerada partícipe secundaria, recibió una pena en suspenso y no irá a prisión. Corren actuaciones a AFIP para que investigue su crecimiento patrimonial.
El tribunal unipersonal a cargo de Orlando Coscia, desarrolló semanas atrás vía video conferencia, una audiencia de juicio oral en la que fueron imputados Nélida Anahí Laime (30), nacida en Guaymallén, Mendoza, y Mario Alberto Fuentes Cruz (32), nacido en Tucumán. Los dos, compartían vivienda en una relación de pareja en el barrio Nahuel Hue de Bariloche y fueron condenados tras una investigación que se inició a partir de la intervención de la Policía de Seguridad Aeroportuaria y de una denuncia anónima recibida por el servicio provincial 0-800 Drogas. Fuentes Cruz, ya cumple su condena en el Complejo Penitenciario I del Servicio Penitenciario de Mendoza.
Ambos fueron acusados por los delitos de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia de drogas con fines de comercialización y tenencia ilegal de arma de guerra –uso civil condicional- sin la debida autorización legal. El hecho investigado fue detectado en el marco de un allanamiento practicado a la vivienda que compartían en el Nahuel Hue, el 16 de julio de 2017.
Personal de la Delegación Bariloche de la Policía Federal Argentina logró hallar en diversos envoltorios distribuidos por distintos lugares de la residencia, unos 741 gramos de clorhidrato de cocaína y una pistola negra marca Glock, calibre 9 x 19, junto a dos cargadores y 40 municiones. Además de las sustancias y el arma secuestrada, las autoridades lograron decomisar unos 170 mil pesos, distribuidos también en diversos paquetes.
El allanamiento, fue el punto culmine de una investigación iniciada en febrero de 2017 por la Unidad Regional V de la Patagonia de la Policía de Seguridad Aeroportuaria. Más adelante, en el marco de una denuncia anónima se acusaba a un sujeto conocido como “Bolita” o “Boliviano” que residía en el Alto de esta ciudad y comercializaba estupefacientes.
Las acusaciones investigadas, indicaban que los involucrados junto a otras personas de su entorno, trasladarían droga desde Mendoza a Bariloche entre bananas, verduras y zapallos, en un camión marca Scania. Paralelamente, también la Policía Federal dijo recibir denuncias anónimas que indicaban el tráfico de drogas desde Mendoza hacia Bariloche en los colectivos de Andesmar.
En esa última investigación, personal de la Delegación Bariloche de la Policía Federal Argentina dio cuenta de posibles maniobras de comercio de drogas dentro o en las inmediaciones de la finca que habitaban Mario Alberto Fuentes Cruz y Nélida Anahí Laime. Destacó principalmente aquellas que había podido ser documentadas mediante medios fotográficos y fílmicos. Encuentros mantenidos por escasos minutos con personas que arribaban a la vivienda a pie o en vehículos, y luego de un intercambio de un objeto con uno de los moradores de la finca, se retiraban rápidamente del lugar. Se advertía en las maniobras de espionaje, que el vendedor tenía distintos grados de confianza para con los compradores, habilitando a algunos a ingresar con sus vehículos al predio, mientras que otros lo hacían a pie, estacionándose a más distancia.
En ese contexto se estableció que ni Fuentes Cruz ni su esposa parecían ejercer trabajo alguno, pero poseían al menos cuatro automóviles, y que Fuentes Cruz viajaba asiduamente a la provincia de Mendoza. De la intervención telefónica se pudo determinar que en sus diálogos utilizaban frecuentemente un lenguaje encriptado, hablaban de verduras entre la ropa, gomas, en ocasión y circunstancias que no tenían que ver con el giro normal de los acontecimientos.
En el marco de un juicio abreviado ofrecido por la fiscalía, Fuentes Cruz se declaró culpable y aceptó ser condenado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión y una multa de mil quinientos pesos, en tanto la mujer fue beneficiada con una modificación en la carátula en su contra, con la atenuación de una participación secundaria y también se declaró culpable, siendo condenada a la pena de dos años y tres meses de prisión de ejecución condicional y multa de ochocientos pesos.
Al respecto el juez Coscia apuntó que “los argumentos de la fiscal general superan el estándar de motivación para validar legalmente su temperamento. Criterio éste además que coincide con el acuerdo llevado adelante con la contraparte y los sospechosos. Este solo fundamento, a propósito de la titularidad en el ejercicio de la acción penal que detenta, obliga a respetar cuanto propone, teniendo en consideración el diseño de la Constitución Nacional en punto a la división de funciones y el rol que el art. 120 de ese texto supremo asigna al acusador oficial”.
Y añadió que “Igualmente a lo antedicho, los fundamentos para sostener la calificación propuesta por la fiscal actuante, resultan razonables y suficientes para su aprobación. Puesto en el análisis de la conducta llevada adelante por los aquí enjuiciados, Mario Alberto Fuentes Cruz y Nélida Anahí Laime tenían bajo su esfera de poder estupefacientes, del modo y acondicionamiento en que fueran descripto, con los elementos necesarios para su fraccionamiento y comercialización, a propósito de las observaciones efectuadas por el personal prevencional y lo hallado al momento de irrumpir su vivienda, puedo afirmar que los tóxicos tenían inequívoco fin de comercialización, beneficiándose económicamente de dicho intercambio ilegal los sospechosos”.
Luego en relación a los elementos incautados apuntó el magistrado que el dinero “ya sea de curso legal o en moneda extranjera (dólares), conforme registros que obran en el sumario, deben interpretarse como procedente o fruto del delito enrostrado, procediendo su decomiso”, lo mismo que con otros tantos elementos secuestrados. Respecto del arma y las municiones ordenó su destrucción y finalmente “En relación a los vehículos que se encontraban en poder de los acusados al momento de los procedimientos, en particular los rodados marca Chevrolet Aveo (dominio LBV- 040), Volkswagen Gol (dominio AVH-998) y Volkswagen Amarok (dominio JKZ-741), se dará intervención de AFIP para que investigue el incremento patrimonial de Fuentes Cruz y Laime y en su caso despeje la legalidad eventual del origen de fondos que justifiquen los bienes que han quedado exhibidos en la causa”.