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12/12/2025

Un hombre tenía dos condenas por violencia de género y ahora deberá cumplir 2 años y 3 meses de prisión

La acumulación de fallos llevó a un proceso de unificación que culminó con una pena única de cumplimiento efectivo.
El juez Campana consideró razonable el pedido fiscal y destacó la coincidencia de todas las partes / Foto Facu Pardo
El juez Campana consideró razonable el pedido fiscal y destacó la coincidencia de todas las partes / Foto Facu Pardo

El Foro de Jueces de la Tercera Circunscripción Judicial de Bariloche resolvió unificar las condenas impuestas a C.R.M., actualmente detenido en el Establecimiento Penal N.º 3, y fijar una pena única de 2 años y 3 meses de prisión efectiva. La decisión fue dictada por el juez José Bernardo Campana en el marco de dos legajos por daño y desobediencia judicial y lesiones leves agravadas.

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La solicitud de unificación fue presentada por los fiscales Gerardo Miranda y Sofía Ocampo, quienes propusieron la aplicación del sistema compositivo de penas previsto en la anterior redacción del artículo 58 del Código Penal. Señalaron que uno de los hechos por los cuales el acusado fue condenado ocurrió con anterioridad a la modificación normativa, por lo que correspondía aplicar la ley penal más benigna. La Fiscalía informó además haber alcanzado un acuerdo con la defensa y con el propio condenado respecto del monto de la pena.

Según expuso el Ministerio Público Fiscal, el sujeto había recibido previamente dos condenas: una del 22 de febrero de 2024 a la pena de 1 año y 6 meses de prisión en ejecución condicional, en una causa por lesiones leves agravadas por el vínculo y en contexto de violencia de género, además de daño; y otra del 20 de agosto de 2025: a la pena de 1 año de prisión efectiva por daño y desobediencia a la autoridad, en concurso ideal.

El defensor particular Guillermo Casenave prestó conformidad con la propuesta de unificación y dejó asentado que su asistido se encuentra detenido desde el 19 de julio de 2025, dato relevante para el posterior cómputo de pena.

En su resolución, el juez Campana consideró razonable el pedido fiscal y destacó la coincidencia de todas las partes. Asimismo, señaló que, dado que uno de los hechos fue cometido cuando aún estaba vigente la condena anterior, resultaba procedente unificar las penas. Respecto del método de cálculo, evaluó que correspondía aplicar la normativa más favorable al imputado, en línea con los artículos 2 y 8 del Código Procesal Penal, que imponen optar por la ley más benigna cuando existan discrepancias normativas.

Finalmente, la sentencia estableció la pena única de 2 años y 3 meses de prisión efectiva y ordenó su remisión al Juzgado de Ejecución N.º 12 una vez firme.

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