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02/12/2025

El Tribunal de Bariloche absolvió a un hombre acusado de amenazar a su expareja

Los hechos sucedieron en el mes de julio del año pasado.
El magistrado recordó que, si bien la perspectiva de género es obligatoria en el análisis judicial, no permite flexibilizar estándares probatorios / Foto Facu Pardo
El magistrado recordó que, si bien la perspectiva de género es obligatoria en el análisis judicial, no permite flexibilizar estándares probatorios / Foto Facu Pardo

El Tribunal de Juicio de San Carlos de Bariloche absolvió a Sebastián Ariel Correa Naveda en la causa en la que se lo acusaba de haber amenazado a su expareja, durante una discusión ocurrida el 25 de julio de 2024 en el domicilio de la mujer, en el barrio El Maitén.

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Según la acusación fiscal, Correa habría respondido con una frase intimidatoria al reclamo de ayuda económica y al aviso de que la víctima llamaría a la policía. El Ministerio Público sostuvo que el hecho debía interpretarse en el marco de un contexto previo de violencia de género.

Sin embargo, el juez Marcelo Álvarez Melinger concluyó que la conducta resultó atípica para el delito de amenazas. En su sentencia señaló que la frase atribuida al imputado fue un exabrupto formulado en el marco de una discusión y que no tuvo idoneidad para generar temor. Destacó, además, que la propia denunciante manifestó en su primera entrevista no haber sentido miedo.

El magistrado recordó que, si bien la perspectiva de género es obligatoria en el análisis judicial, no permite flexibilizar estándares probatorios ni afectar el principio de inocencia. En ese marco, entendió que no se acreditó el elemento subjetivo del tipo penal y dispuso la absolución de Correa Naveda, sin imposición de costas.

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