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10/07/2025

Villa Mascardi: la Justicia admite revisar las condenas a seis integrantes de Lafken Winkul Mapu

El tribunal federal de Roca habilitó la instancia de casación sobre la condena por usurpación dictada en mayo. Las defensas alegaron violaciones al derecho indígena, doble persecución penal y errores procesales.
El Tribunal Oral Federal de General Roca.
El Tribunal Oral Federal de General Roca.

El Tribunal Oral Federal de General Roca admitió los recursos de casación presentados por la defensa de los seis integrantes de la comunidad Lafken Winkul Mapu condenados en mayo por usurpación. La decisión no anula las condenas, pero abre la instancia para que sean revisadas por la Cámara Federal de Casación Penal.

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El conflicto judicial por las ocupaciones en Villa Mascardi sumó un nuevo capítulo: el Tribunal Oral Federal de General Roca resolvió conceder los recursos de casación presentados por la defensa de seis integrantes de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu, habilitando así la revisión de la sentencia condenatoria dictada en mayo.

La resolución no revoca las penas impuestas por usurpación por despojo, pero deja abierta la vía recursiva ante la Cámara Federal de Casación Penal, que ahora deberá analizar si el juicio y la sentencia se ajustaron a derecho. Las defensas habían cuestionado duramente el fallo, alegando desde violaciones al principio de legalidad hasta desconocimiento del derecho indígena.

El 26 de mayo de 2025, el juez Alejandro Silva condenó con penas de ejecución en suspenso a los seis integrantes de la lof por la ocupación del exhotel de Parques Nacionales IOS y de las propiedades privadas Los Radales y La Escondida. Las penas incluyeron: 2 años y 6 meses en suspenso para Yéssica Bonefoi y Matías Santana; 2 años y 4 meses para Luciana Jaramillo y Romina Rosas; 2 años y 2 meses para la machi Betiana Colhuan Nahuel y 1 año de prisión para Celeste Ardaiz Güenumil.

El juez también impuso el pago de costas procesales y pautas de conducta, como la prohibición de acercamiento a los inmuebles y a personal de Parques Nacionales. En ese fallo se desestimaron planteos clave de las defensas, como la posible doble persecución penal y el pedido de sobreseimiento de Colhuan, que era menor de edad al momento de algunos hechos.

Los recursos de casación presentados por la Gremial de Abogados incluyeron una batería de cuestionamientos: en torno a la edad de algunos imputados, respecto de la violación al principio de non bis in idem, ya que parte de los hechos habrían sido juzgados en otra causa anterior, valoración sesgada de la prueba, omisión de observar la perspectiva de derecho indígena,  y además, se criticó la calificación en concurso real de los hechos.

La resolución firmada por el juez Alejandro Silva concede los recursos por considerar que los agravios invocados cumplen los requisitos formales, son sustanciales y que la sentencia es de las previstas en el artículo 457 del Código Procesal Penal.

Además, en el caso están planteadas las reservas del caso federal, por lo que además de llevar el caso ante la Cámara Federal de Casación Penal, se anticipa una posible escalada del litigio hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Este segundo juicio por Mascardi fue seguido de cerca por organizaciones de derechos humanos, pueblos originarios, ambientalistas y referentes políticos. En sus declaraciones, los condenados reafirmaron la legitimidad de su accionar como parte de una recuperación territorial, enmarcando la ocupación como una acción ancestral y no delictiva.

"Vamos a seguir retornando a nuestros territorios", advirtió Luciana Jaramillo, mientras que la machi Colhuan Nahuel reclamó la restitución del rewe, espacio espiritual sagrado, cuya remoción fue pedida por Parques Nacionales, aunque rechazada por el juez.

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