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FUE CONDENADO EN OTRO LEGAJO

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04/06/2025

Declararon nula la resolución que sobreseyó a un presunto abusador sexual

El Tribunal de Impugnación de la provincia aceptó el planteo fiscal y nulificó una resolución que había dispuesto el sobreseimiento total y definitivo de un sujeto acusado por un presunto caso de abuso sexual.

Los jueces Carlos Mussi, Adrián Zimmermann y Miguel Angel Cardella, aceptaron el planteo del fiscal Gerardo Miranda y además de declarar nula la resolución de sobreseimiento, mandaron el legajo de nuevo al Foro de Jueces local para que continúe la tramitación del proceso, desestimando los argumentos esgrimidos por la defensora oficial Blanca Alderete.

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Se trata de un caso de abuso sexual contra una niña, cuyos hechos ocurrieron en 2011 y que puso en foco las circunstancias del caso y la evaluación de la Ley que establece la prescripción para este tipo de delitos.

En concreto, el 28 de marzo pasado el juez Bernardo Campana hizo lugar a un planteo defensivo y revocó la decisión de su par Marcelo Álvarez Melinger, disponiendo el sobreseimiento total y definitivo del acusado, identificado en el legajo que publicó el Poder Judicial en su página Web con las iniciales L. Á. M, de 66 años de edad. Según argumentó, “las acciones penales que surgen de todos los delitos aquí investigados, los cuales encuadran en la figura penal de abuso sexual gravemente ultrajante, se han extinguido por prescripción”.

Pero el fiscal Miranda argumentó que se aplicó erróneamente la Ley pues no se consideró a partir de qué momento comenzó a regir el plazo de la prescripción penal. Recordó que los hechos investigados ocurrieron entre el 1 de junio y el 31 de diciembre del 2011 en el interior de un domicilio en el que residía el acusado, quien recibía periódicamente las visitas de la niña a partir de su vínculo familiar.

De acuerdo a la acusación del fiscal, el acusado aprovechaba los momentos en que se quedaba a solas con la niña, que por entonces tenía entre 6 y 7 años, para someterla a las agresiones sexuales que sucedieron en reiteradas oportunidades durante ese período y que para la fiscalía constituyeron el delito de abuso sexual simple reiterado y abuso sexual gravemente ultrajante.

El punto central de la discusión fue la aplicación de la Ley 26.705, una ley que modifica el Código Penal en relación con la prescripción de la acción penal en delitos contra la integridad sexual de menores de edad. En particular, establece que la prescripción de la acción penal comienza a correr desde la medianoche del día en que la víctima alcanza la mayoría de edad y no a partir del momento en que se cometió el hecho o se realizara algún acto procesal que interrumpa los plazos. Esta ley busca proteger los derechos de las víctimas de delitos sexuales y garantizar que se haga justicia en casos de abuso sexual infantil, permitiendo que las víctimas tengan más tiempo para denunciar y buscar justicia.

Los jueces del TI apuntaron que “Entendiendo que resulta esencial para la resolución del caso que se analice si es aplicable o no al presente legajo la ley referida, y como no surge que la misma haya sido ponderada por el juez revisor, sin que implique emitir opinión, corresponde hacer lugar al recuso de la fiscalía, nulificar la resolución de fecha 28 de marzo de 2025, y devolver el presente legajo a los fines de resolver conforme lo señalado precedentemente”.

Otro de los aspectos trascendentes del caso es una condena dictada el 17 de noviembre de 2023 contra el sujeto en otro legajo judicial en la que también se investigaron abusos sexuales. Esa sentencia no está firme, ya que fue apelada en sucesivas instancias y actualmente está en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Precisamente cuando aún tenía 65 años, el sujeto fue condenado por hechos ocurridos desde principio del año 2020 hasta el mes de junio de 2021, cuando ejerció violencia sexual contra una niña que por entonces tenía entre 7 y 8 años de edad.

Ello ocurrió en el interior de un domicilio en el que la menor quedó en soledad con el acusado, circunstancia que fue aprovechada por el sujeto, quien la sometió a manoseos y procuró besarla.

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