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APROVECHÓ LA SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD

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24/10/2024

Doce años de prisión para un violador que sometió a su hermanastra

El hombre fue acusado por agresiones sexuales reiteradas.
El condenado abusó, de manera reiterada, de la menor en distintas circunstancias.
El condenado abusó, de manera reiterada, de la menor en distintas circunstancias.

Un tribunal integrado por los jueces Sergio Pichetto; Gregor Joos y Marcos Burgos, condenó a un sujeto oriundo de El Maitén, a la pena de doce años de prisión, tras encontrarlo autor penalmente responsable de una serie de abusos sexuales cometidos contra quien era su hermanastra.

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El fiscal Gerardo Miranda y la abogada querellante Nadina Moreda sostuvieron la acusación contra el hombre, que para los jueces quedó acreditada, en desmedro de la petición desincriminatoria de la defensora oficial, Natalia Araya.

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El sujeto fue acusado por una serie de agresiones sexuales, ocurridas en una fecha no precisada con exactitud, pero comprendida entre el 29 de noviembre de 2021 hasta fines de abril de 2023, contra la niña que por entonces transitaba sus ocho y nueve años de edad.

De acuerdo a la acusación, los hechos ocurrieron por la tarde o noche, en el interior del domicilio que el acusado compartía con su padre, la pareja de éste, la víctima, hija de la mujer, y otros niños menores.

De manera reiterada, abusó de la menor en distintas circunstancias, sometiéndola a manoseos y violándola repetidamente inclusive en presencia de sus hijos menores.

La víctima del hecho ya había sido la víctima en otro legajo judicial que se encuentra con sentencia de condena que todavía no está firme, y en la que se declaró culpable a un tío de la niña.

En lo que aquí respecta, los jueces consideraron que correspondía declarar responsable al sujeto por abuso sexual con acceso carnal reiterado y abuso sexual reiterado, todos agravados por la convivencia preexistente con una menor de dieciocho años en concurso real.

“Partiendo de estas premisas e ingresando así al análisis de las circunstancias agravantes y atenuantes que tienen que ver con el aspecto objetivo, coincidimos con el fiscal en el sentido que deberá contemplarse como agravantes la diferencia de edad entre el autor del hecho y la víctima, su rol dentro del esquema familiar, ya que si bien la convivencia se encuentra comprendida como agravante, es mayor la intensidad del reproche por haberse aprovechado del estado de indefensión y vulnerabilidad de la niña, de allí la evidente asimetría de poder, que como destacamos, estamos frente un agresor que ha traicionado la confianza de la menor y se ha convertido en atacante del aspecto más íntimo que tiene una persona”, dijeron los jueces, para sostener el pedido de la fiscalía de doce años de prisión.

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