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TRAS LA REVOCACIÓN DE LA PROBATION

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11/07/2024

Villa Mascardi: desde la Gremial de Abogados pidieron la eximición de prisión de Coña

Villa Mascardi: desde la Gremial de Abogados pidieron la eximición de prisión de Coña
Villa Mascardi: desde la Gremial de Abogados pidieron la eximición de prisión de Coña

Ante la anulación de la probation que le había sido concedida a Gonzalo Coña en relación a una causa de usurpación en Villa Mascardi, el letrado Gustavo Franquet, de la Asociación Gremial de Abogados, informó que, desde la entidad, presentaron “un pedido de eximición de prisión”.

“Entendemos que como fue liberado en marzo y cumplió con todas las reglas que se le impusieron en la suspensión a pruebas, tales como realizar trabajo comunitario y mantener el domicilio, no hay razón para detenerlo, por lo que debería continuar en libertad hasta que se haga el juicio”, manifestó Franquet.

En este punto, debe aclararse que no se sabe si finalmente el juicio en algún momento llegará a concretarse, ya que si bien el juez que entiende en la causa a la que se denomina "madre" homologó el acuerdo por Villa Mascardi (al contrario de lo que pasó en la otra, vinculada al desalojo de 2022), la fiscalía apeló y la Cámara de Casación todavía no respondió al respecto.

Franquet explicó lo que sucedió con su defendido en los últimos días: “Coña estaba con una suspensión a prueba concedida por el Tribunal Oral, por el juez Hugo Horacio Greca, pero la fiscalía apeló a Casación, que finalmente anuló la probation”.

Sobre el porqué de la determinación judicial, y las razones por las que no concuerda,  el abogado sostuvo: “Los argumentos insisten en que se requiere el consentimiento del fiscal para conceder la suspensión a prueba, pero, en realidad, no es así; hay jurisprudencia al respecto”.

“Cuando el delito que se le imputa a la persona es de hasta tres años de pena, que siempre va a ser de condenación condicional, no hace falta el consentimiento del fiscal. Se pregunta su opinión, pero no es vinculante para el juez”, indicó, para luego seguir: “Y hay delitos que como mínimo apuntan a menos de tres años y como máximo a más. Cuando es así, el juez tiene que analizar las circunstancias para ver si se puede o no otorgar la suspensión a prueba. Porque si la persona no posee antecedentes y, entre otras cosas, su supuesta participación en el delito es menor, podría ser que, en cualquier caso, le correspondiera una condena condicional. Igualmente, debe tenerse en cuenta si hay agravantes, ya que ahí la condena sí pasaría los tres años y dejaría de ser condicional”.

“En esos casos, donde puede darse una cosa o la otra, sí resulta vinculante la opinión del fiscal”, remarcó el letrado, para luego ir al caso en cuestión: “En lo que hace a Coña, que está acusado por usurpación y solamente puede ser condenado a una pena condicional, no hay ninguna razón para que la opinión del fiscal sea determinante, sin embargo Casación dijo que sí”, afirmó.

Por otra parte, aclaró que en 2017, cuando sucedieron los hechos, “Coña no era miembro de la comunidad Lafken Winkul Mapu”, sino que, como parte del pueblo mapuche, “estuvo en la recuperación del terreno del rewe por seguir a la machi (Betiana Colhuan) y creer que se trata de un lugar sagrado”.

Justamente, Coña fue una de las otras dos personas que resultaron heridas de bala cuando Rafael Nahuel falleció, el 25 de noviembre de 2017, durante un operativo de la Agrupación Albatros de Prefectura Naval, con Patricia Bullrich como ministra de Seguridad.

En tal sentido, cabe recordar que cuando Coña fue capturado en Santa Cruz, en enero de este año, con Bullrich nuevamente a cargo de la cartera de Seguridad, la funcionaria lo calificó como “el segundo al mando de la organización de Jones Huala”, en obvia referencia a la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM). En aquel momento, el titular de la Gremial de Abogados, Eduardo Soares, desmintió a la ministra y sostuvo que el detenido no tenía “nada que ver con Jones Huala”.

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