18/05/2023

AFIP creó un plan de regularización de deuda para monotributistas y pymes

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AFIP creó un plan de regularización de deuda para monotributistas y pymes

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha un plan de alivio fiscal para micro, pequeñas y medianas empresas para cancelar obligaciones tributarias, aduaneras y de recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2023. La iniciativa, que contempla una tasa de interés máxima del 5,91% mensual, incluye este beneficio también para monotributistas.

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Por medio de este nuevo régimen, el organismo conducido por Carlos Castagneto beneficiará a más de 650.000 contribuyentes y busca regularizar deudas por un monto de $456.000 millones.

Según lo informado por autoridades del ente recaudador, las deudas corresponden principalmente a IVA, Ganancias, y aportes y contribuciones a la seguridad social, entre otros tributos. Incluye los intereses, multas y deudas que se encuentren en discusión tanto en vía administrativa como judicial. También comprende a la deuda de capital.

En este marco, las principales beneficiadas serán las micro y pequeñas empresas, que representan el 48% del universo de firmas alcanzado por la medida y poseen el 42% del stock de deuda total

Por su parte, los pequeños contribuyentes y monotributistas alcanzan al 31,2% de los contribuyentes que mantienen obligaciones vencidas con el organismo, por el 3% del monto total. El resto de los contribuyentes lo completan las empresas medianas.

El plan abarca hasta 84 cuotas, de acuerdo al tamaño de la firma y del tipo de obligación que debe regularizar (previsional, impositiva o aduanera), con una tasa máxima del 5,9% mensual. En todos los casos, no será necesario realizar un pago a cuenta. La adhesión podrá realizarse hasta el 29 de septiembre de este año inclusive.

La cantidad máxima de cuotas de los planes de facilidades de pago, se determinará según el tipo de contribuyente al momento de la consolidación de los mismos y del tipo de plan:

- Para pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y micro y pequeñas empresas se autorizará hasta 84 cuotas por deuda general o aduanera, 36 para aportes de la seguridad social y 12 por retenciones y percepciones impositivas.

- Las medianas empresas (“tramo 1″): podrán pagar en hasta 48 cuotas por deuda general o aduanera, 24 por aportes de la seguridad social y 6 por retenciones y percepciones impositivas.

- Las medianas empresas (“tramo 2″) tendrán la opción de cancelar sus deudas en hasta 36 cuotas por deuda general o aduanera, 18 para aportes de la seguridad social y 3 por retenciones y percepciones impositivas.

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