22/09/2022

Presupuesto de Massa: cuándo la AFIP podría embargar tu cuenta de Mercado Pago, MODO o Ualá

Presupuesto de Massa: cuándo la AFIP podría embargar tu cuenta de Mercado Pago, MODO o Ualá

El Gobierno elevó el Proyecto de Ley de Presupuesto 2023, pero lo hizo con una sorpresa en materia tributaria que afecta a las billeteras virtuales.

"El proyecto de Presupuesto 2023 modifica la Ley de Procedimiento Tributario en la parte relacionada con los juicios de ejecución fiscal de billeteras virtuales de Proveedores de Pago (PSP)", explicó Andrés Edelstein, del estudio Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc.

Sin embargo, no se refiere a todas las billeteras virtuales. Algunas, como Mercado Libre y MODO, están asociadas a cuentas bancarias, y ya estaban siendo embargadas por los jueces. 

Pero en el caso de billeteras virtuales que depositan sus fondos en cuentas globales, aunque el cliente tiene una CVU para ordenar la operación que desea, para los expertos, la AFIP no tiene un paraguas legal que le permita embargar.

¿Cuál es el cambio legal que admite embargar cuentas PSP?

"La iniciativa adiciona un último párrafo al Artículo 92 de la Ley de Procedimiento Tributario, en el que se asimila a las cuentas de pago (virtuales) con cuentas bancarias a los fines de poder trabar embargos, medidas precautorias o cautelares sobre ellas", indicó Edelstein.

De este modo, el Artículo 66 del proyecto de Presupuesto 2023 dice textualmente: "Las disposiciones relativas al embargo, medidas precautorias o cautelares, sobre cuentas bancarias, también resultarán de aplicación para las cuentas no bancarias o de pago y respecto de las entidades en las que aquellas se encuentren abiertas".

Edelstein precisó que, con esta previsión legal, "la AFIP apunta a superar impedimentos legales para igualar a las cuentas bancarias con CBU a las billeteras virtuales con CVU administradas por los proveedores de servicios de pago (PSP)".

"Desde el punto de vista legal, hoy la AFIP tiene limitaciones muy importantes para pedir embargo en la cuenta de una billetera virtual", aseguró Daniel G. Pérez, del estudio Daniel G. Pérez, Marcela A. Fiocco & Asoc.

En este sentido, Pérez remarcó que "hoy la Ley de Procedimiento Fiscal faculta a la AFIP a solicitar el embargo general de cuentas bancarias, de los fondos y valores de cualquier naturaleza que los demandados tengan depositados en las entidades financieras".

"También de bienes de cualquier tipo o naturaleza, inhibiciones generales y otras medidas cautelares tendientes a garantizar el recupero de la deuda en ejecución. Sin embargo, en la actualidad las billeteras electrónicas no entran dentro de ninguna de estas dos definiciones", expresó.

¿Cuáles son las billeteras electrónicas embargables hoy?

Bancos tradicionales

Bancos digitales: son 100% online y no tienen sucursales

Fintech: brindan servicios financieros mediante apps o sitios web, pero no son reconocidas como entidades financieras

Dentro de este último grupo se encuentran los proveedores de servicios de pago (PSP) que ofrecen billeteras virtuales.

"Son personas jurídicas que, sin ser entidades financieras, cumplen al menos una función dentro de un esquema de pago minorista, en el marco global del sistema, como ofrecer cuentas de libre disponibilidad ofrecidas a sus clientes para ordenar o recibir pagos", señaló Daniel G. Pérez, del estudio Daniel G. Pérez, Marcela A. Fiocco & Asoc.

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