LO DECIDIÓ LA CORTE SUPREMA

| 14/06/2022

Estafa a un turista en Bariloche deberá ser investigada en Neuquén

Estafa a un turista en Bariloche deberá ser investigada en Neuquén

Se trata del caso de un turista que llegó a Bariloche y descubrió que el inmueble que supuestamente había reservado no existía. El damnificado denunció que realizó un depósito a una persona que contactó por redes sociales y por decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el suceso deberá ser investigado en Neuquén.

Un fallo firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, determinó que el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén deberá sortear el tribunal local que deberá continuar con la investigación, luego de un conflicto negativo de competencia entre la Oficina Judicial Penal de Bariloche y el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional.

Para los jueces del máximo tribunal de la Nación, más allá de lo defectuoso del proceso de conflicto de competencia que se trabó entre los dos organismos mencionados, se tornaba aconsejable dirimir el conflicto rápidamente y remitir el expediente a Neuquén para que se inicie la investigación.

Ocurrió que un turista que planeaba vacaciones en Bariloche, contactó a través de la red social Facebook a una persona que se identificó como Mariela V, que ofrecía en alquiler un inmueble en la ciudad. Tras observar las fotos e intercambiar preguntas y respuestas con la mujer, el damnificado realizó una transferencia de dinero, a una cuenta a nombre de Alejandro C en la sucursal de Neuquén del Banco Santander, en concepto de reserva y arrendamiento de la vivienda.

No obstante, cuando el hombre arribó a Bariloche y se dirigió a la dirección que le habían dado, comprobó que había sido víctima de un engaño.

Un juez del foro local valoró que el denunciante había visto la publicación en la que se ofrecía el alojamiento en esta ciudad, que efectuó la transferencia bancaria desde el extranjero y que la cuenta a la que transfirió dinero era de otra provincia y se inhibió para continuar interviniendo en la investigación.

El caso recayó entonces en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional, pero el juez a cargo rechazó su competencia al considerar que la denuncia inicial, la disposición patrimonial por parte de la víctima y su obtención por parte de los imputados ocurrieron fuera de su jurisdicción.

El legajo judicial regresó entonces al foro local de jueces, pero la investigación volvió a ser rechazada, trabándose la contienda por la competencia y como los dos tribunales carecen de un superior común, el expediente derivó a la Corte Suprema para que finalmente se asigne la competencia a quien corresponda investigar.

El dictamen de la Procuración General determinó que la doctrina señala que “la estafa se estima cometida en todos aquellos ámbitos territoriales en que se ha realizado alguna parte de la acción típica, como lo son el lugar donde se desarrolla el ardid o aquél en el que se verifica la disposición patrimonial, y para discernir la competencia debe estarse a lo que resulte más conveniente desde el punto de vista de una más eficaz investigación, mayor economía procesal y mejor defensa de los imputados”.

En esa línea, el Ministerio Público planteó que correspondía declarar la competencia de la Justicia de la provincia de Neuquén, aunque no haya sido parte en la contienda, pues es la se encuentra en mejores condiciones para continuar con la causa, en atención a que en ese ámbito territorial se encuentra la sucursal a la que se transfirió el dinero y a la cual habrían concurrido los victimarios para extraerlo. Siguiendo ese razonamiento, así falló la Corte Suprema.

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