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CONDENADO POR ENCUBRIMIENTO

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29/03/2022

Tenía en su poder elementos de tres hurtos diferentes y pagará con una pena en suspenso

Tenía en su poder elementos de tres hurtos diferentes y pagará con una pena en suspenso
Tenía en su poder elementos de tres hurtos diferentes y pagará con una pena en suspenso

A través de un acuerdo pleno de juicio abreviado, un hombre se declaró culpable por tres cargos de encubrimiento y resultó condenado a la pena de un año de ejecución condicional. Si respeta las pautas de conducta que le impusieron en la sentencia, podrá cumplir su pena sin ir a prisión. En un allanamiento en su vivienda encontraron elementos que habían sido robados en tres hechos distintos.

Juan Domingo Cárdenas fue acusado por tres cargos de encubrimiento, pues en un allanamiento practicado el 23 de enero de 2021 en su domicilio, encontraron elementos que habían sido robados con anterioridad, y que sus tres propietarios habían denunciado.

Concretamente, el 19, 20 y 21 de enero del año pasado, tres vecinos de la zona Oeste habían denunciado en la comisaría 55, robos en sus domicilios, siendo el botín prácticamente similar en cada uno de los hechos: dos computadoras y un cargador en el primero, una computadora y un teléfono celular en el segundo y dos computadoras y un bolso en el tercero.

Ante la repetición de hechos de características similares, la investigación se centró en el acusado y un juez de Garantías autorizó el allanamiento de su vivienda. Así fue como las autoridades lograron dar con los elementos descriptos, distribuidos en distintos escondites dentro de la vivienda de Cárdenas.

Consta en el legajo judicial y en la sentencia correspondiente, que al momento de abocarse a la investigación de los robos ocurridos en jurisdicción de la comisaría 55, los miembros de la Brigada de Investigaciones lograron rastrear satelitalmente una de las computadoras sustraídas.

En el caso actuaron la fiscala Alejandra Bartolomé y el adjunto Facundo D'Apice, quienes plantearon la realización del juicio abreviado, a cambio de una pena de un año de prisión de ejecución condicional, más la obligación de respetar pautas de conducta por el plazo de dos años y recordaron que el acusado ya había sido incorporado al instituto de suspensión de juicio a prueba por un hecho de encubrimiento investigado en el marco de otro legajo.

Las pruebas reunidas en el expediente no permitieron atribuirle al acusado el robo en sí, por lo que el delito de encubrimiento implica el haber recibido y mantenido en su poder los elementos señalados, pudiendo sospechar que provenían de un delito, toda vez que no los había recibido de parte de sus legítimos propietarios y hasta alguno de ellos estaba con el sistema bloqueado.

La defensora Blanca Alderete no se opuso a la forma de resolución de la causa y aconsejó a su asistido declararse culpable, para ser condenado a la pena de un año de prisión en suspenso y la obligación de fijar y mantener el domicilio, presentarse bimestralmente ante el Instituto de Asistencia de Presos y Liberados y no cometer nuevos delitos.

La jueza Romina Martini homologó el acuerdo y condenó al sujeto, al tiempo que ordenó notificar a las tres víctimas sobre su derecho a controlar el cumplimiento de la pena que recayó sobre Cárdenas.

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