DEBERÁN REASIGNARLE TAREAS

| 24/11/2021

Revocaron el fallo que ordenaba restituir el cargo de delegado de Ansés a Santiago Palmeyro

Revocaron el fallo que ordenaba restituir el cargo de delegado de Ansés a Santiago Palmeyro
Foto de archivo.
Foto de archivo.

La Cámara de Apelaciones de General Roca aceptó parcialmente la apelación intentada por Ansés y modificó el resultado de una sentencia que, a través de una medida cautelar, había ordenado mantener en el cargo de delegado local de Ansés al excandidato a intendente, Santiago Palmeyro. Seguirá dentro del organismo, pero deberán reasignarle tareas.

El fallo de la Cámara fue firmado por los jueces Mariano Lozano y Richar Gallego y determinó la reincorporación de Palmeyro con la categoría y salario que le corresponde por el cargo que ostenta, aunque sin la asignación del rol de “jefe de UDAI”. Esto implica, vale aclarar, que deberán reasignársele tareas acordes a su jerarquía hasta tanto se resuelvan los concursos públicos establecidos en la resolución 56/2016, se dicte sentencia definitiva o se modifiquen las circunstancias de hecho o derecho tenidas en cuenta para su dictado.

La situación inició cuando a partir del triunfo Alberto Fernández en las elecciones presidenciales de 2019, se dio el nombramiento de un nuevo referente para el organismo en Bariloche. Palmeyro planteó una demanda judicial en la que obtuvo un pronunciamiento favorable a partir de una medida cautelar que dispuso la reinstalación del accionante a su puesto laboral.

En el planteo de Ansés, se destacó que Palmeyro había sido designado bajo la modalidad transitoria, sin estabilidad y “ad referendum de la jefatura de gabinete de ministros” y que esas condiciones fueron consentidas. Pero además apuntó que el accionante no cuenta con los requisitos mínimos reglamentarios para ser jefe de UDAI.

También destacó que la decisión de reinstalar a Palmeyro en el cargo causaba un daño irreparable por cuanto se ordenaba reinstalarlo como jefe de la delegación luego de más de un año y medio en el que el organismo modificó su forma de funcionar -producto de la pandemia- y porque, además, ese cargo ya se encontraba ocupado por otro gerente con “mayor antigüedad que el actor en el ejercicio del cargo y en consecuencia mejor derecho”.

Los jueces consideraron que la falta de objeciones del actor al responder los traslados conferidos y el requerimiento subsidiario de la apelante, además, parecía conciliar “los intereses de las dos partes, ya que por un lado deja a salvo la dirección y organización a la gestión actual e impide también la afectación de los derechos de terceros –el actual gerente– y, por el otro, garantiza la prestación alimentaria del actor”, concluye así en la concesión de la “la petición de transformación de la precautoria en el sentido propuesto”.

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