LO HABÍAN SORPRENDIDO CON UN ARMA

| 03/05/2021

Cumplió las pautas de una "probation" y fue sobreseído

Cumplió las pautas de una "probation" y fue sobreseído

Cristian Guillermo Aravena Jaramillo había sido sorprendido portando un arma de fuego sin la debida autorización legal, pero se acogió a un trámite de suspensión del juicio a prueba, cumplió las pautas establecidas y resultó sobreseído.

El sujeto, oriundo de Valdivia, República de Chile, había sido acusado por un hecho ocurrido el 29 de junio de 2016, cuando lo sorprendieron portando un arma de fuego de uso civil, portátil de hombro o larga, orden carabina, tiro a tiro, calibre .22 de fuego anular, de fabricación argentina, marca Diana modelo 62 juvenil, que se clasifica como arma de uso civil, con motivo que personal policial de la subcomisaría 55 realizó un allanamiento en su domicilio.

Culminado el plazo de la etapa penal preparatoria acordado por las partes, la agente fiscal concluyó acusando al sospechoso de autoría, pero en la audiencia de control de acusación culminó con una suspensión de proceso a prueba, para luego requerir la agente fiscal una audiencia para controlar las pautas de conductas e instando la defensa el sobreseimiento del sospechoso de autoría, toda vez que Aravena Jaramillo, cumplió con el compromiso asumido ante el juez de Juicio que le concediera la suspensión del proceso.

La solicitud de la defensora y el acompañamiento que efectuó el Ministerio Público Fiscal, titular de la acción pública junto a la víctima, "resulta compatible con la solución alternativa del conflicto primario, conforme la finalidad que tuvieron en cuentan los legisladores provinciales al redactar la Ley 5020, a fin de contribuir al restablecimiento de la armonía entre los protagonistas del hecho investigado, entiendo por ello al igual que las partes, debe concluir esta investigación con el dictado del sobreseimiento del sospechoso de autoría", destacó el juez Ricardo Calcagno en su resolución.

Así, dispuso el sobreseimiento por extinción de la acción penal con la expresa mención "que la tramitación del legajo no afectó el buen nombre y honor que gozare el imputado" y ordenó el decomiso y destrucción del arma de fuego secuestrada.

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