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FUE DECLARADO CULPABLE DE UNA VEINTENA DE CASOS DE GROOMING

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02/02/2021

Rechazaron recurso de un sujeto condenado a 35 años de prisión

Rechazaron recurso de un sujeto condenado a 35 años de prisión
Rechazaron recurso de un sujeto condenado a 35 años de prisión

Mientras continúa detenido con prisión preventiva a la espera de que la sentencia quede firme, el Superior Tribunal de Justicia rechazó el tratamiento de un recurso intentado por la defensa del sujeto condenado a la pena de treinta y cinco años de prisión por diversos hechos de ciberacoso.

Los jueces del máximo tribunal rionegrino rechazaron sin sustanciación el recurso que intentó la defensa del sujeto condenado a la pena de treinta y cinco años de prisión, por unos veintitrés casos de abuso cibernético contra diversos adolescentes.

Sobre finales del año pasado, el Tribunal de Impugnación había desestimado un recurso defensivo y había ratificado la prisión preventiva hasta que la condena quede firme, una vez que se agoten las instancias recursivas.

El sujeto fue juzgado y condenado el 21 de noviembre de 2019, cuando un tribunal de juicio lo encontró culpable de haber cometido veintitrés hechos calificados como "grooming", amenazas coactivas, producción en carácter de instigador y distribución de representaciones de las partes genitales de menores con fines predominantemente sexuales agravados. Con ello le impusieron treinta y cinco años de prisión.

Para que la sentencia quede firme, resta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expida sobre la presentación de la defensa, que insiste en revertir el fallo condenatorio dictado en 2019.

El "grooming" es el acoso de un adulto hacia niños, niñas o adolescentes a través de internet, con objetivos sexuales. El propósito del adulto es ganarse la amistad virtual de un niño creando una conexión emocional con el fin de disminuir las inhibiciones con el mismo.

Los jueces Bernardo Campana, Ricardo Calcagno y Romina Martini habían encontrado culpable a D.A.G. y luego el Tribunal de Impugnación rechazó el trámite de impugnación ordinaria y extraordinaria, derivando el expediente ante el STJ en el marco de una nueva apelación, esta vez, en carácter de queja.

Pero los jueces del máximo tribunal rionegrino explicaron que la queja no podía "prosperar porque no rebate lo sostenido en la denegatoria, defecto formal que impide la habilitación de la instancia".

En primera instancia rechazaron el planteo referido a la integración del tribunal, que había cuestionado la defensa, y también el planteo dirigido a la imposibilidad de producir prueba que demostrara una patología mental en el acusado que lo convirtiera en inimputable. En tal sentido destacaron un párrafo del fallo condenatorio en donde se explicó que "el despliegue llevado a cabo por D.G. para cometer los veintitrés hechos acusados puso de manifiesto que nos encontramos frente a un hombre con una gran capacidad de planificación, que evidenció un adecuado empleo de redes sociales, que supo optimizar de manera meticulosa la colección de datos para atacar a sus víctimas; que las agrupó y atacó de manera organizada conforme su pertenencia a diferentes grupos sociales primero cercanos... y luego a medida que fue teniendo éxito y perfeccionando su método fue ampliando los ataques hacia jóvenes a las que no conocía... En el plano de los hechos se comprobó que se protegió y cuidó para mantenerse en el tiempo sin ser descubierto, solo un pequeño error cometió (un llamado) que permitió su individualización".

Los hechos investigados fueron cometidos en contra de jóvenes, niñas y adolescentes, residentes de Bariloche, de diferentes lugares de la Argentina y otros países, las cuales habrían sido contactadas mediante redes sociales, mensajes a través de Whatsapp, Facebook e Instagram.

Una vez establecido el contacto requería le envíen imágenes y videos desnudas, lo que efectivamente ocurrió, llegando a extorsionarlas y amenazándolas para ello, con la posible publicación en internet o contactar a sus padres para informarles de lo sucedido.

En algunos de los hechos descriptos en la acusación, se mencionó que engañó a las menores respecto de su verdadera identidad, comenzó a tener conversaciones con ellas, realizando preguntas de enganche, buscando fidelización y luego iniciando una seducción.

El imputado, utilizando otros perfiles falsos, les mandaba fotos de los perfiles de familiares, diciéndole de manera intimidante que las iba a mostrar y poner en conocimiento de la situación a todos los integrantes de la familia de las víctimas.