USANDO LA MESA DE ENTRADAS DIGITAL

| 04/06/2020

Ordenan la provisión inmediata de medicamento inyectable  

La resolución de una acción de amparo que tramitó en el fuero Civil de Cipolletti dispuso la inmediata provisión de un medicamento para un paciente que necesita colocarse una inyección cada 15 días. El reclamo se realizó mediante la plataforma digital MEED que aprobó el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en el contexto de la pandemia Covid-19.

El paciente indicó que estuvo realizando el tratamiento en el hospital de Roca puesto que esa institución contaba con la especialidad médica que su enfermedad requiere. Luego, con la medicación prescripta, continuó inyectándose mediante gestiones en el hospital de Cipolletti.

En marzo se presentó ante la farmacia del hospital para retirar la medicación pero el área no contaba con la droga. En los días sucesivos continuó reclamando sin obtener resultados. En consecuencia presentó la acción de amparo.

La resolución sostiene que “tal requisito, o presupuesto material del amparo, aparece patente en el caso bajo estudio, atento que, el organismo requerido ha enviado la medicación solicitada en una sola oportunidad, pero no con la regularidad y periodicidad indicada por el médico tratante (cada 15 días)”. Y que además “el plazo de entrega informado se encuentra vencido- a la fecha del dictado de la presente sentencia no se ha logrado el cometido, todo lo cual viene a confirmar la subsistencia de la denunciada desprotección de derechos de naturaleza supralegal frente al tiempo transcurrido, y el riesgo a la salud que ello representa”.

“El derecho a la vida, que involucra el de la salud, la dignidad humana y el bienestar común, se encuentra implícitamente reconocido en el art. 33 de la Constitución Nacional, así como en el art. 59 de la Constitución Provincial. El derecho a la salud, desde el punto de vista normativo, está reconocido en los tratados internacionales con rango constitucional”, se afirma también en la resolución.

En función de esos argumentos se hizo lugar a la acción de amparo y se ordenó al ministerio de Salud de la provincia de Río Negro que asegure la efectiva, real e inmediata provisión del medicamento que necesita el paciente para continuar con su tratamiento en el plazo de veinticuatro horas. También que se arbitren las medidas necesarias para asegurar la disponibilidad del medicamento cada 15 días, bajo apercibimiento de ley.

Nuevos servicios y herramientas judiciales durante la cuarentena

Desde que se dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio el STJ, entre otras medidas, creó la Mesa de Entradas para Escritos Digitales (MEED), habilitó las audiencias por videoconferencia, reguló las mediaciones a distancia, creó más de 600 puestos de teletrabajo, gestionó la apertura de cuentas y transferencias bancarias para sectores vulnerables, dispuso el trabajo presencial de magistrados/as, funcionarios/as y equipos mínimos con un protocolo de higiene y seguridad.

Así, 27.511 procesos judiciales tuvieron continuidad, 5.589 legajos fueron iniciados por el Ministerio Público, se dictaron más de 1.700 sentencias, más de 4.500 personas atendidas por la Defensa Pública Civil y de Familia, 17.848 presentaciones se hicieron por la MEED y 1.599 mediaciones y conciliaciones a distancia fueron programadas.(Fuente Comunicación Judicial)

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