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02/06/2020

Condenaron a 24 años y 7 meses de prisión a la mujer que mató a su hija

Condenaron a 24 años y 7 meses de prisión a la mujer que mató a su hija
Condenaron a 24 años y 7 meses de prisión a la mujer que mató a su hija

El Tribunal de Juicio compuesto por Fernando Sánchez Freytes, María Gadano y Emilio Stadler, de General Roca, impuso una pena de veinticuatro años y siete meses de prisión a Janet Neira, la madre de la pequeña Sofía, de apenas tres años de edad, que falleció en Roca a causa de una aberrante seguidilla de maltratos y abusos. La sentencia quedó firme y ya cumple condena. Resta juzgar al padrastro de la víctima, por hechos igualmente graves.

Los jueces roquenses, aceptaron el pedido realizado por la fiscal Belén Calarco y dieron cierre a un caso que provocó y sigue ocasionando una profunda conmoción, ante el crudo relato de episodios que describió la fiscalía en su alegato. Los hechos investigados ocurrieron con anterioridad al 4 de febrero de 2019, momento en que se produjo el deceso de la niña de tres años. Según se precisó en la acusación, al menos desde octubre de 2018, en la localidad de Lamarque y hasta el momento en que la pequeña ingresó a la guardia del hospital de esa ciudad, el 1° de febrero de 2019, fue víctima de la crueldad más extrema. Después de su internación, en virtud de su grave cuadro fue trasladada a un sanatorio roquense en el que falleció tres días después.

Janet Neira, la madre, y Marcos González, el padrastro, sometieron durante ese tiempo a diversos tipos de maltratos y abusos a la menor, según describió la fiscalía. En la ocasión, solamente se juzgó a Neira, quien había admitido los delitos que le enrostraron y al momento de evaluarse el monto de la pena a imponer, volvió a subrayar la responsabilidad de su pareja en los hechos. El sujeto, será enjuiciado prontamente ya que la Oficina Judicial de General Roca, ultima detalles para su juicio.


La pequeña Sofía, víctima de la inmundicia humana.

Según la fiscal Calarco, Neira y González actuaron “en forma conjunta e individualmente -con conocimiento y anuencia del otro-, mientras ejercían maltrato físico y psicológico, continuo y sistemático contra la niña”. Además, el sujeto abusó sexualmente de la nena en varias oportunidades, aprovechando su calidad de guardador y conviviente, sin oposición de la madre y hasta le contagió un parásito genital que únicamente se transmite por vía sexual.

Aunque cuesta imaginar los padecimientos y tormentos sufridos por la pequeña, sin dudas queda espacio para observar el funcionamiento de las instituciones que debieron haber tomado cartas en el asunto, sobre todo si se tiene en cuenta que el 16 de octubre de 2018, la jueza de Paz de Lamarque, Claudia Bascuñan, ordenó a ambos adultos la “prohibición de realizar actos violentos o cualquier otra violación de los derechos de los niños y niñas”, lo que evidencia que al menos en forma somera, se conocían detalles de lo que ocurría en el interior de la vivienda que ocupaba el grupo familiar, y era absolutamente necesario tomar medidas severas para resguardar a Sofía y sus dos hermanitos. Además, Bascuñan remitió las actuaciones a la Secretaría de la Niñez y Adolescencia y Familia (SENAF) y a la jueza de Familia N° 31, Marisa Calvo. Todo ese procedimiento judicial se inició a partir de la denuncia realizada por una vecina de Lamarque, que presenció una salvaje golpiza de parte de González hacia la niña.

Cuando el hecho estuvo consumado y la justicia realizó la investigación, descubrió que en el teléfono celular de Neira había fotografías de pornografía infantil. Pero también comprobó que con González intercambiaban mensajes acerca de los hechos investigados y las búsquedas en internet respecto de las consecuencias del abuso sexual.

La fiscal Calarco describió que “entre el 26 y el 31 de enero de 2019, tanto el padrastro como su madre le dieron a la nena golpes en la zona abdominal”, que derivó en una peritonitis y posteriormente en “un síndrome de disfunción multiorgánica por shock séptico y que produjo su muerte”, pero además reveló que “La niña no fue asistida ni por su madre ni por el hombre, pese a que por varios días presentó dolor abdominal, vómitos y fiebre”.

En su descripción del hecho la fiscalía mencionó a más de treinta testigos y describió que la menor fue víctima de “violencia sistemática”, insultos y vejaciones, “como hacerla pasar hambre, frío, hacerla dormir parada, duchas frías, cortarle el pelo y en partes dejarla pelada”. Entre las lesiones infligidas a la niña describió “quemaduras con cigarrillos, cortes en las plantas de los pies y manos”.

Otro ribete increíble de la situación fue la actitud de la madre una vez que la pequeña fue internada. “No respondía a los operadores del área de niñez ni de salud respecto de las preguntas que se le hacían por ser la madre de la niña”, enfatizó la fiscalía. Sin embargo, parecía absolutamente consciente de lo que ocurría y hasta se presentó a solicitar el certificado de defunción antes de conocer que la pequeña había muerto, otro elemento que evaluaron en su contra.

La mujer, que había sido declarada culpable, aceptó, por consejo de su defensor oficial, Osar Mutchinick, el monto de pena que ofreció la fiscalía.

La condena, obedeció a los delitos de “lesiones leves calificadas por el vínculo reiteradas en un número indeterminado de veces; partícipe necesaria de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización reiterado doblemente calificado por el vínculo y por la convivencia preexistente con un menor de 18 años -en carácter de partícipe necesaria-; desobediencia a una orden judicial -en carácter de autora-, abandono de persona seguida de muerte, calificado por el vínculo -en carácter de coautora-, tenencia ilegal de pornografía infantil agravada por la edad de las víctimas -en carácter de autora- todo ello en concurso real”.

La sentencia quedó firme automáticamente, puesto que las partes renunciaron a los plazos procesales para interponer recursos. Eso implica que la detención de la mujer, que hasta el momento era prisión preventiva en el Establecimiento Penal 2 de Roca, se convirtió en cumplimiento efectivo de la pena.

En los próximos días la Oficina Judicial de Roca definirá la fecha de juicio contra el hombre que era pareja de la mujer condenada, quien también está detenido y acusado por graves delitos cometidos contra la misma niña.

El Tribunal analizó separadamente las escalas penales de los delitos más graves -los abusos sexuales agravados y el abandono de persona seguido de muerte-, a la luz de la “capacidad de culpabilidad plena de la imputada; una persona joven y con suficiente educación formal; las actitudes que ha tenido luego de cometer los hechos -bien ilustradas por la Fiscalía-; el daño directo y colateral que ha ocasionado su conducta”, y las demás circunstancias acreditadas por la acusación.

Los jueces concluyeron así que la pena propuesta es “razonable y proporcional” a los delitos cometidos.

Mariano Colombo