07/05/2019

Nuevo juicio a Pablo Cáceres por abuso de armas agravado

Mariano Colombo
Foto archivo

El Juez de Juicio Marcelo Barrutia encabezó hoy audiencia de "Reenvío", diligencia prevista en el artículo 241 del Código Procesal Penal de Río Negro. La causa en la que fue solicitada esta audiencia, oral y pública, se enmarca en la tramitación del juicio seguido a Pablo Jesús Cáceres por abuso de armas agravado y cuya víctima resultara Yanina Natalia Muñoz.

Cabe recordar que en fecha 25 de junio de 2018 el juez de Juicio unipersonal Bernardo Campana absolvió a Cáceres del hecho imputado. El fiscal del caso, Martín Govetto impugnó esta sentencia ante el Tribunal de Impugnación, quien hizo lugar a la misma, en fecha 28 de agosto de 2018, declarando la nulidad de la sentencia.

Ahora, el juez Marcelo Barrutia, luego de escuchar a las partes, ordenó a la Oficina Judicial fije nueva fecha de juicio por abuso de armas agravado con la misma imputación que realizara el Ministerio Público Fiscal.

Cabe recordar que el hecho que se imputara oportunamente y que hoy ratificara en la audiencia el fiscal Govetto, ocurrió el 23 de marzo de 2017 a las 14:30, en oportunidad que Yanina Muñoz ingresaba a su domicilio ubicado en el barrio Ada María Elflein de esta ciudad, acompañada de su hija y una sobrina. En esas circunstancias se presentó en el lugar Pablo Jesús Cáceres, ex pareja de la mujer, quien extrajo un arma de fuego, tipo rifle calibre 22 recortado, y efectuó un disparo contra la mujer y las niñas, sin lograr lesionarlas.

Ante ello, la mujer ingresó rápidamente al interior de la vivienda con las nenas, mientras Cáceres, previo a retirarse la insultó y amenazó.

En la audiencia de reenvío, como se mencionara, el Ministerio Público Fiscal ratificó el hecho imputado, calificado como abuso de armas agravado por haber existido una relación de pareja y también la pretensión punitiva, la que no supera los tres años de prisión. Con respecto a la prueba ofrecida oportunamente,  sostuvo la misma.

Por su parte el defensor particular, Horacio Brucellaria con el patrocinio de Jorge Olguín, ratificó su teoría del caso, teoría que sostiene desde el principio de la tramitación, la que señala que el imputado Cáceres no se encontraba en el lugar del hecho en el momento señalado por la imputación Fiscal. Cáceres, según la defensa y los propios dichos de Cáceres, se encontraba trabajando en el taller de los hermanos Bahamonde. La defensa solicitó incorporar el testimonio de la hija del imputado y la víctima, como prueba nueva.

Al momento de resolver el juez Barrutia hizo lugar a la incorporación de esta prueba, -testimonio de la joven- la que se implementará con la intervención del Defensor de Menores, y se acordara la manera apropiada para tomar la declaración, por caso, a través de Cámara Gesell y ordenó a la Oficina Judicial fije fecha para la realización de un nuevo juicio con tribunal unipersonal.

Cáceres ya fue juzgado y condenado por otra causa similar en la que en el mismo domicilio, disparó a la mujer y la hirió. Ese hecho fue encuadrado en la figura de tentativa de homicidio y Cáceres resultó condenado a la pena de once años de prisión.

Mariano Colombo

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