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02/10/2018

El valor de una promesa y el valor de la Justicia

El valor de una promesa y el valor de la Justicia
El valor de una promesa y el valor de la Justicia

La sentencia condenatoria contra Néstor Omar Quintero dejó mucha tela para cortar. Por lo bajo, quienes hacen la Justicia diariamente, acusan al fallo de vergonzoso. Una serie de circunstancias en el proceso deja al defensor en capacidad de lucirse ante la obvia instancia de apelación que viene. Quintero, mientras tanto, está detenido y pese a que intentó varias acciones defensivas, todos sus planteos fueron desechados.

Si Néstor Omar Quintero fue el autor del disparo que ocasionó la muerte el joven abogado y empleado judicial Carlos Alberto Castillo, solo lo sabe él. Nadie más que él puede saber si el hecho ocurrió siendo protagonista, como lo concluyeron los jueces Juan Lagomarsino, Marina Venerandi y Alejandra Paolino. Más allá del fallo que lo condena a la pena de dieciocho años de prisión, varios penalistas consultados auguran que la condena no puede sostenerse en pie en una instancia de revisión. Los fiscales y el abogado querellante, dirán lo contrario, pues la sentencia fue un fiel reflejo de sus peticiones durante los alegatos.

De hecho, en el primer juicio en su contra, Quintero había sido absuelto por falta de pruebas. Tres jueces de sobrada experiencia y sapiencia, Alejandro Ramos Mejía, Gregor Joos y Marcelo Barrutia, habían dicho que “Sabemos que estuvo en hora cercana al lugar del hecho, pero no hay prueba ni indicios unívocos”. Las pruebas para este segundo juicio fueron exactamente las mismas. La opinión de ellos ahora fue desacreditada por el segundo tribunal, integrado por jueces del fuero Laboral.

Pero el Superior Tribunal de Justicia, sin penalistas de carrera entre sus integrantes, revocó la sentencia por falta de argumentación válida y remitió nuevamente el expediente a juicio, con otros jueces, pero con la misma prueba. Puertas adentro, integrantes del máximo tribunal rionegrino habían prometido a Nilda Paletta, la madre de Castillo, que agotarían los esfuerzos para esclarecer el hecho.

Mandaron a hacer un nuevo juicio con testigos que ahora no declararon de manera presencial, ni fueron preguntados por las partes, sino que solamente se exhibió la filmación de aquel primer juicio, en el que la defensa de Quintero fue ejercida por la defensora oficial Mónica Rosatti. De manera que no medió en el segundo juicio la inmediatez y la oralidad en el relato de los testigos, criterios trascendentes que establecen las leyes para realizar los juicios.

En el desarrollo de la primera jornada del segundo juicio, el defensor oficial Juan Pablo Laurence reclamó el uso de la última palabra que le garantiza la ley en el marco de las audiencias orales y recibió un tajante “no” como respuesta. A la luz de los resultados puede ser un hecho menor, pero pareció marcar una tendencia que se reedita ante cada planteo.

Ya concluida la observación de testimonios por tv, producidos los alegatos y conocida la sentencia, un par de párrafos de la misma resultaron llamativos. Juan Lagomarsino, a quien adhirieron Marina Venerandi y Alejandra Paolino (los tres jueces laborales), invirtieron la carga de la prueba. Nuestras leyes establecen que toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario y es obligación del Estado, a través de la fiscalía, presentar la prueba para demostrar la culpabilidad y derrotar el estado de inocencia. El acusado solo tiene que defenderse, aunque bien puede guardar silencio y el mismo no puede ser usado en su contra. Sin embargo, señalaron los jueces que “Quintero no ofreció prueba”, y lo colocaron en una situación que la ley contraría. Más, la declaración indagatoria de cualquier imputado, no es un medio de prueba, es un medio de defensa.

Los jueces argumentaron que los testigos no vieron a otra persona que no sea la que algunos identificaron como Quintero cerca del lugar del hecho. Aunque no lo escribieron así, el argumento es que si no fue Quintero, no puede haber sido otro, pues ningún testigo observó a otra persona en el lugar.

El delito de homicidio simple que atribuyeron a Quintero es sancionado con una escala penal que va de ocho a veinticinco años de prisión. Los jueces no evaluaron atenuantes en favor del acusado y solo agravantes por lo innecesario del crimen. Tampoco consideraron que no registraba antecedentes penales computables y le aplicaron una pena más cercana al máximo que al mínimo.

Independientemente del resultado final del hecho, esto es la muerte de Carlos Castillo, siempre se evalúa lo que en términos penales se determina como “dolo”. Es decir, cuando se juzga a una persona por un homicidio, entre los requisitos establecidos por la ley para ese delito, debe considerarse que el autor del hecho tuvo intención de matar. Según el relato fiscal, el asesino salió corriendo de la despensa y para evitar ser retenido por Carlos Castillo, a la carrera y casi sin mirar, efectuó un disparo hacia atrás. Así narrado se parece más a un hecho fortuito que una verdadera intención de matar.

El exfiscal de Cámara Carlos López, se había negado por “desacuerdo fundamental con la acusación” a ser el fiscal del primer juicio. Sostuvo entonces, con toda su trayectoria como respaldo, que la causa contra Quintero no tenía elementos suficientes para llegar a juicio y se negó a ser el representante del Ministerio Público en esa instancia, dejando al autor de la acusación, Eduardo Fernández, como el fiscal del primer juicio. Apenas se le consulta sobre un par de párrafos de la nueva sentencia, López dispara “Es una vergüenza” y agrega una “flagrante violación del artículo 18 de la Constitución Nacional que deja en evidencia la especialidad de los jueces que integraron el tribunal” y sigue “El defensor puede lucirse en una impugnación de esa sentencia”.

El exfiscal apunta: “¿Cómo van a exigir que el imputado ofrezca pruebas?, ¿de qué?, ¿de su inocencia?”. Para López, también es una “irresponsabilidad además de una irregularidad” la proyección de videos en vez de la convocatoria a todos los testigos para declarar y asevera que el monto de la condena, tampoco resultaba proporcional al hecho y a las condiciones personales del acusado. “Esto sucede porque es un pobre, por eso actúan así. Todas las cárceles se nutren de carne pobre” enfatizó.

No fue el único consultado por este medio. El abogado penalista Estanislao Cazaux remarcó que con la misma prueba que antes lo habían absuelto ahora lo condenaron y explicó: “Ahora el testimonio por tv logra condena y antes no daba certeza de que este muchacho sea el homicida”.

Otro abogado penalista, Nelson Vigueras prefirió los interrogantes para contestar las consultas de este medio: “¿Es de ciencia ficción?” Más allá de la humorada subrayó: “es un fallo de colección”.

Un exdefensor oficial barilochense que pidió reservar su identidad, fue más allá. “La condena estaba preordenada. En Río Negro siempre se revocan las absoluciones en causas importantes. Es una orden política y ésta la era”, disparó. Para graficar agregó “Quisiera saber si un juez del STJ haría operar a su hijo con un traumatólogo cuando en realidad necesita un cardiólogo. Acá hay tres jueces especialistas en Derecho Penal que se equivocaron y tres jueces laborales que no. Ergo, el traumatólogo tiene razón y no el cardiólogo”, resumió.

Pero fue más allá. Para él, el segundo juicio fue una “parodia a la que solo faltó el pochoclo” y aunque a su criterio un defensor puede revertir la sentencia, aseveró que “lo van a demorar mucho en provincia, hasta que pueda acceder a la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

Otros funcionarios y magistrados consultados también eligieron el anonimato y pidieron no ser expuestos ante la posición de los colegas que votaron la condena de Quintero, aunque admitieron que se trataba de un fallo vergonzoso en el que la responsabilidad no era de esos jueces, sino del Superior Tribunal de Justicia. “¿Qué pasó? ¿Condenaron a Quintero?” Preguntó un funcionario en el pasillo tras la lectura de sentencia. Ante la respuesta afirmativa no escatimó críticas. “Es una vergüenza”, resumió.

Para entonces, Nilda Paletta recibía abrazos y mientras un allegado la respaldaba sosteniéndola por la espalda, se paró ante la requisitoria periodística y dijo que se retiraba tranquila pensando en que se había hecho Justicia. Una mujer fuerte, con una entereza envidiable, aguantó estoicamente todo este tiempo esperando que la Justicia llegue. La pregunta es: ¿la Justicia llegó?

Mariano Colombo