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27/08/2018

Tres años de prisión en suspenso por lesiones en contexto de violencia de género

Tres años de prisión en suspenso por lesiones en contexto de violencia de género
Tres años de prisión en suspenso por lesiones en contexto de violencia de género

El juez de Juicio Bernardo Campana, homologó acuerdo pleno de juicio abreviado y condenó a David Rubén Millalonco, argentino, mayor de edad, a la pena de tres años de prisión en suspenso con imposición de pautas de conducta como autor penalmente responsable de lesiones leves - un hecho- lesiones graves -un hecho-, agravados por existir una relación de pareja y haber sido realizado en contextos de violencia de género con daño y violación de domicilio."

El acuerdo arribado por el fiscal Tomás Soto y el defensor Juan Pablo Laurence fue expuesto ante el juez Campana en audiencia oral y pública realizada ayer en horas del mediodía. Cabe señalar que los hechos investigados ocurrieron en los meses de julio y agosto de 2016, por ello, la causa ha sido readecuada al sistema procesal vigente.

Las conductas atribuidas a Millalonco por la fiscalía se describieron en tres hechos, todos en perjuicio de quien era su pareja y madre de un hijo. La primera de las agresiones ocurrió en la madrugada del 9 de julio de 2016 cuando Millalonco ingresó sin autorización en el domicilio de su expareja profiriendo amenazas y propinándole golpes. En esta ocasión la mujer subió a su auto, pero fue interceptada por el imputado quien se sentó como acompañante y continuó golpeándola en los brazos y distintas partes del cuerpo. La víctima pudo llegar hasta la estación de servicios ubicada en Morales y Moreno y solicitó ayuda. El hombre fue detenido.

El segundo y tercer hecho ocurrieron en el mes de agosto del mismo año, cuando nuevamente el acusado ingresó a la vivienda de la mujer, y en esta oportunidad le propinó golpes que la lastimaron severamente en distintas partes del rostro, la boca y el cuerpo, lesiones que fueron caracterizadas como graves. Posteriormente y en la guardia del hospital, la amenazó mencionando que la mataría. Todas estas imputaciones están avaladas por nutrida prueba, la que fue descripta por el fiscal Soto, que incluye testimonios, informes médicos, psicológicos y de los profesionales del Poder Judicial que intervinieron, tales como la OFAVI y el Cuerpo Médico Forense.

El hombre imputado reconoció la autoría de los hechos en presencia de su defensor, Juan Pablo Laurence, quien solicitó se autorice una pericia ante el Cuerpo Médico Forense y posibilidad de tratamiento para su pupilo debido a su adicción al alcohol.

Cabe señalar que la víctima estuvo presente en la audiencia y mencionó que el hombre ha modificado su conducta, se han reconciliado y no se han reiterado episodios de violencia.

El juez hizo saber al encartado las pautas de conducta: asistencia al Patronato de Presos y Liberados, tener siempre domicilio constituido y actualizado y en este caso se ordenó la comparecencia ante el Cuerpo Médico Forense. Se lo notificó además que el incumplimiento de cualquiera de estas pautas hará posible la revisión de la pena en suspenso, convirtiéndola en efectiva.

Finalmente se hizo saber a la denunciante que de acuerdo a las previsiones del art. 11 bis de la Ley 24.660 puede ejercer el control de la ejecución de la pena. (Fuente: Prensa Poder Judicial)