EN UN CONTROL DE RUTINA CON PERROS ADIESTRADOS

| 12/06/2018

Lo sorprendieron con 600 gramos de cocaína: pagará con cuatro años de prisión

Un sujeto se declaró culpable en el marco de un juicio abreviado y reconoció haber llevado dos paquetes con unos seiscientos gramos de cocaína ocultos debajo de un asiento de la camioneta que conducía y fue condenado a la pena de cuatro años de prisión, más la aplicación de una multa y las costas del proceso. Ocurrió sobre la ruta Juan Marcos Herman en abril de 2016.

El juez Alejandro Silva, como integrante unipersonal del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca, homologó el acuerdo de juicio abreviado que alcanzó la fiscalía con el acusado y su defensa, e impuso la sanción consensuada al individuo, como responsable del delito de tráfico de estupefacientes.

Leandro Javier Prata, nacido en San Fernando, provincia de Buenos Aires hace 45 años y actualmente detenido en la Unidad 5 del Servicio Penitenciario Federal de General Roca, fue sorprendido el 23 de abril de 2016 a la altura del paraje Río Villegas, en el marco de un operativo público de prevención realizado por agentes de Gendarmería Nacional sobre la Ruta Nacional 40, en su intersección con la Ruta Provincial 83, donde se encuentra instalada la seccional “Río Villegas”.

En esa ocasión conducía una camioneta Jeep Cherokee hacia el Sur acompañado de una mujer. Los uniformados realizaron un control rutinario con el perro detector de estupefacientes y el animal reaccionó positivamente “marcando” una pipa de agua que estaba en el baúl del vehículo a simple vista.

Con la presencia de testigos y profundizando la requisa, los agentes detectaron debajo del asiento del conductor dos mochilas y constataron la presencia de un paquete envuelto en forma de caramelo, hecho con nylon y una bolsa plástica negra, que contenía una sustancia blanca que luego arrojó resultado positivo respecto al narcotest de cocaína.

Debajo del asiento del acompañante, hallaron otro paquete envuelto en film transparente que también contenía una sustancia blanca compactada y de igual modo dio positivo al test orientativo.

Los dos paquetes fueron sometidos a pesaje y se determinó que pesaban 72,04 gramos y 522,05 gramos, arrojando un total de la sustancia prohibida apenas por debajo de los 600 gramos.

Al momento de desarrollarse la audiencia el fiscal ofreció una condena de cuatro años de prisión, más una multa de $1.500, bajo el cargo de transporte de estupefacientes, de acuerdo a lo normado por el artículo 5, inciso c de la Ley 23.737 y la imposición de accesorias legales y costas del proceso, a cambio de la declaración de culpabilidad del acusado.

Prata aceptó la propuesta fiscal y lo mismo hicieron sus abogados particulares, Estanislao Cazaux y Marcos Miguel, por lo que el juez Alejandro Silva solo tuvo que revisar los aspectos formales del acuerdo alcanzado, antes de homologarlo y dictar la sentencia.

En un primer repaso probatorio el magistrado concluyó que “permite acreditar, sin mayores dificultades, la existencia de un hecho con significado típico: “transportar estupefacientes”. La presencia física del imputado y la existencia de material estupefaciente hallado durante la labor de inspección del automotor propiedad de Prata, no fueron puestos en crisis”, para continuar “Bajo ese razonamiento y aplicación del sistema de la sana crítica racional, el relato fáctico y el sustento probatorio citado posibilitan reconstruir los hechos y la vinculación del imputado traído a juicio”.

Más adelante cargó sobre el autor al señalar que “Hasta el momento de la intervención del personal de la fuerza de seguridad nacional existió un delito en progreso, Leandro Prata tuvo señorío, posesión y disponibilidad de un cargamento de droga, desplazando más de medio kilo de cocaína, desde un lugar determinado (posiblemente la ciudad de Bariloche) hasta el paraje Río Villegas, ubicado sobre Ruta Nacional 40, a la mitad de camino entre San Carlos de Bariloche y El Bolsón; donde en fecha 23 de abril de 2016, fue interceptado por efectivos de Gendarmería Nacional, quienes descubrieron que llevaba la droga en dos paquetes que portaba dentro de la camioneta Jeep Cherokee, patente BBM-244, debajo de los asientos delanteros del vehículo que conducía”.

Al momento de evaluar el monto de la pena acordada entre las partes, el magistrado tuvo en cuenta esencialmente el injusto cometido y el grado de culpabilidad y, a tales fines, la naturaleza del ilícito, los medios empleados, la extensión del daño y el grado de conmoción social generado. Asimismo, tuvo en consideración la impresión sobre el imputado en oportunidad de la audiencia, su edad, la educación, medios de vida, el comportamiento al momento de la comisión del hecho y como así también su conducta posterior.

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