Tragedia en la Ruta 250: fuerte disputa por la pena al conductor de Bariloche condenado por tres muertes
El viernes se anunció la instancia final de la causa iniciada a partir de la tragedia. La lectura de la sentencia de parte de Garrido más el resto del tribunal compuesto por Maximiliano Camarda y Laura Pérez será el 16 de octubre próximo, a las 12.
Se trata del siniestro vial ocurrido en la Ruta Nacional 250 en enero de 2024. El causante es un deportista de Bariloche. Las víctimas fatales eran Facundo Chimatti, de Viedma, y Elsa García y Alfredo Pérez, un matrimonio de Patagones.
A las nueve de la mañana del 2 de enero de 2024, se produjo un grave siniestro vial sobre la Ruta Nacional Nº 250, entre Lamarque y Pomona. Dos vehículos, una Chevrolet Meriva y un Peugeot chocaron de manera semi frontal, ambos se incendiaron muriendo tres personas y arrojando un saldo de varias heridas.
A bordo del Peugeot iba un matrimonio que fue identificado como Elsa García y Alfredo Pérez, ambos de Patagones. El conductor que también murió fue identificado como Facundo Chimatti. Este último era remisero y trasladaba a la pareja a un control de salud hacia el Alto Valle.
Como consecuencia del hecho, dos años después, un tribunal de General Roca declaró culpable a Germán Pullek por el delito de triple homicidio culposo y lesiones graves. Este hombre es un deportista del hockey oriundo de Bariloche, y en ese momento era el conductor de la Meriva -en dirección al este- que invadió el carril opuesto e impactó de frente contra el Peugeot 408 en el que viajaban las víctimas hacia el Alto Valle, según una pericia criminalística, que surgió en el proceso, y desestimando argumentos de la defensa.
Si bien en la audiencia que presidió el juez Luciano Garrido de la Segunda Circunscripción Judicial se anunció que en julio pasado se daría a conocer el monto de la pena, recién el viernes pasado se pudo concretar el debate de cesura.
La fiscalía y una de las querellas solicitaron que el hombre de 47 años - ya declarado responsable penal de homicidio culposo - cumpla la pena de tres años de prisión condicional y estrictas reglas de conducta. Mientras que la otra querella fue por tres años y seis meses de prisión efectiva, y la defensa particular requirió la aplicación de la pena natural.
Extenso debate
En los alegatos finales, a las que tuvo acceso el sitio web de Valle Medio 7 en Punto, estuvieron marcados por los testimonios de los familiares de una de las víctimas (Chimatti) , las declaraciones de personas cercanas al culpable y los planteos de las partes sobre la pena que deberá cumplir.
Por caso, Alondra Chimatti, hermana de Facundo, expresó el dolor que atraviesa la familia desde la muerte de Facundo y cuestionó que las lesiones sufridas por Zoe, la hija de Pullek, puedan ser consideradas un atenuante por la muerte de su hermano. Alondra aclaró que no conocía en detalle la situación médica de la niña (herida en el accidente), pero sostuvo que ese sufrimiento no cambia la pérdida que enfrenta su familia.
Graciela, madre de Facundo, también habló sobre las consecuencias de la muerte de su hijo. Dijo que su vida quedó destruida y que nada volverá a ser igual. Aclaró que no siente odio hacia Pullek, aunque remarcó que ninguna sentencia podrá devolverle a su hijo.
Cecilia Chimati, otra de las hermanas, recordó que Facundo tenía 33 años, trabajaba como remisero y también se dedicaba a una actividad vinculada a la ganadería. Lo describió como una persona dispuesta a ayudar a los demás y con proyectos por delante, entre ellos la posibilidad de vivir en el exterior.
Los testigos propuestos por la defensa
El primero de los testigos vinculados a Pullek fue Federico Sastre, docente de gastronomía y exsocio comercial del acusado en un emprendimiento en Cerro Catedral. Lo describió como una persona aplicada, sociable y dispuesta a acompañar a quienes lo rodeaban. También señaló que, después del accidente, lo notó triste y más retraído.
Luego declaró Irina Pullek, médica pediatra y media hermana del acusado, quien expuso en detalle las consecuencias que las lesiones dejaron en Zoe. Explicó que la niña sufrió una lesión en la columna vertebral que le impide caminar y que también atravesó complicaciones renales y ureterales, con la pérdida de uno de sus riñones.
Adolfo Gustavino, amigo de Pullek desde aproximadamente el año 2000 y padrino de Zoe, fue el siguiente en declarar. Recordó que la familia llevaba una vida muy activa, vinculada al hockey y a distintas actividades sociales, y señaló que todo cambió después del siniestro. Durante el interrogatorio, la querella le preguntó si el acusado todavía conducía vehículos. El testigo respondió que sí, aunque la defensa objetó la pregunta y el tribunal indicó que valoraría esa cuestión al momento de resolver.
Tomás Pullek, hijo del acusado y uno de los ocupantes del vehículo al momento del accidente, también declaró. Antes de hacerlo, el tribunal le informó que podía abstenerse de testificar por el vínculo familiar, pero decidió responder las preguntas. Contó que viajaba dormido en la parte trasera del vehículo y se despertó con el impacto. Intentó salir, pero no pudo dar más de dos pasos. Después fue trasladado a distintos centros de salud, primero en una localidad cercana y luego a Choele Choel y Neuquén. El joven describió cómo se reorganizó la vida familiar para atender a Zoe.
La declaración de Pullek
Al momento de hablar ante el tribunal, Germán Pullek recordó que antes del accidente su familia llevaba una vida activa y disfrutaba de las actividades al aire libre, los campamentos, la montaña, el lago y las propuestas deportivas de sus hijos. Explicó que su rutina actual comienza alrededor de las cinco de la mañana y termina cerca de las 23.30. Durante el día participa en los cuidados de su hija, la asistencia con los antibióticos intravenosos, los traslados a la escuela y las terapias, entre ellas kinesiología tres veces por semana. Dijo que él y su esposa deben coordinar continuamente las tareas para cubrir las necesidades de Zoe.
También describió las dificultades que representa trasladarla por la ciudad y acompañarla en sus actividades cotidianas, ya que necesita ayuda durante buena parte del día.
Sobre su estado personal, aseguró que ya no es la misma persona y que vive con tristeza y dolor constantes. Dijo que funciona en “piloto automático” y que las imágenes del accidente aparecen de manera recurrente, lo que le dificulta concentrarse. Contó que realizó tratamiento psicológico durante un tiempo y considera que debería retomarlo, aunque las exigencias de los cuidados familiares le dejan poco margen.
El acusado manifestó que siente enojo y angustia por lo ocurrido y, especialmente, por el sufrimiento de su hija. Si bien afirmó que no se siente responsable del hecho, dijo que lamenta profundamente las muertes y que intenta ponerse en el lugar de las familias afectadas. “Me pongo en su lugar y me duele”, expresó según la cobertura de 7 en Punto.
Los participantes en la audiencia por alegatos. Foto MPF.
La fiscalía pidió tres años de prisión en suspenso
En su alegato, la fiscal Analía Álvarez solicitó tres años de prisión de ejecución condicional y seis años de inhabilitación especial para conducir cualquier tipo de vehículo automotor. La fiscal sostuvo que la pena debe contemplar la gravedad del hecho y la muerte de tres personas, pero también la naturaleza culposa del delito y las circunstancias personales del acusado. Recordó que Pullek no registra antecedentes penales computables, que tenía licencia de conducir y seguro vigentes al momento del accidente y que su familia también sufrió graves consecuencias físicas.
Sin embargo, consideró que esas circunstancias no justifican dejar el hecho sin sanción. Para la fiscalía, la invasión del carril contrario fue determinante en la colisión frontal y la responsabilidad penal de Pullek ya fue establecida por el tribunal.
Además de la pena de prisión y la inhabilitación, Álvarez pidió que durante tres años el acusado cumpla reglas de conducta: mantener un domicilio y comunicar cualquier cambio, someterse al control del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de Bariloche, entregar de inmediato su licencia de conducir en la fiscalía, realizar un curso de educación y concientización vial avalado por una autoridad nacional o local, abstenerse del abuso de alcohol o estupefacientes y no cometer nuevos delitos. El abogado querellante Juan Carlos Chirinos adhirió íntegramente al pedido de la fiscalía, tanto en lo referido a la pena como a las reglas de conducta.
La querella reclamó una condena de cumplimiento efectivo
El otro abogado de la parte querellante, Hernán Núñez, pidió una pena de tres años y seis meses de prisión efectiva, además de una inhabilitación para conducir por un período equivalente al doble del tiempo de condena y el pago de las costas del proceso.
Núñez sostuvo que la ausencia de antecedentes penales puede ser considerada una circunstancia atenuante, pero no resulta suficiente para justificar una pena ubicada en el mínimo de la escala. Entre los aspectos que, a su criterio, deben agravar la respuesta penal, enumeró las tres muertes, las consecuencias emocionales y económicas para las familias de las víctimas, las circunstancias del accidente y las infracciones a las normas de tránsito. También consideró que la formación profesional de Pullek y su experiencia como docente permiten esperar de él una conducta especialmente cuidadosa.
El abogado se opuso a la aplicación de la figura de la “pena natural”. Argumentó que no se acreditó de manera independiente un padecimiento físico o psiquiátrico del acusado que justifique prescindir de la sanción y señaló que las lesiones de su familia no fueron objeto de una acusación penal separada.
La defensa pidió que no se le imponga una pena
Los defensores Luciano Perdriel y Damián Torres solicitaron principalmente que el tribunal prescinda de imponer una sanción a Pullek por considerar que en el caso se configura la denominada “pena natural”. Como alternativa, pidieron tres años de prisión de ejecución condicional.
Para fundamentar el planteo, citaron doctrina y antecedentes judiciales, entre ellos un fallo del Tribunal de Impugnación y el caso “Ceballos”, del Superior Tribunal de Justicia, con sentencia 141/2023. También invocaron el artículo 96 del Código Procesal Penal, según la interpretación expuesta por la defensa, para sostener que en los delitos culposos puede prescindirse de la pena cuando el acusado sufre consecuencias físicas o morales graves derivadas del hecho y la sanción resulta innecesaria o desproporcionada.
Los abogados señalaron las lesiones que sufrió Pullek, la pérdida de la posibilidad de continuar con su carrera deportiva y las consecuencias que atraviesa su familia, en particular Zoe. Sostuvieron que el cuidado permanente de la niña representa una exigencia cotidiana y que la situación está suficientemente acreditada por los testimonios escuchados en la audiencia.
La defensa también argumentó que una inhabilitación para conducir podría complicar los traslados de Zoe a sus tratamientos y actividades. Cuestionó, además, que se valoren como agravantes circunstancias que ya forman parte de la calificación legal del hecho, rechazó que pueda concluirse que Pullek no mostró arrepentimiento y sostuvo que la falta de antecedentes y sus condiciones personales respaldan, al menos, una pena de ejecución condicional.
En caso de que el tribunal no acepte el planteo principal, los defensores manifestaron su conformidad con la aplicación de reglas de conducta y la inhabilitación para conducir en los términos de la alternativa condicional. También solicitaron que las obligaciones y la entrega de la licencia comiencen una vez que la sentencia quede firme.
El viernes se anunció la instancia final de la causa iniciada a partir de la tragedia. La lectura de la sentencia de parte de Garrido más el resto del tribunal compuesto por Maximiliano Camarda y Laura Pérez será el 16 de octubre próximo, a las 12, informó NoticiasNet.