Quiso reemplazar la cuota alimentaria por el pago del colegio privado de su hijo, pero la Justicia de Bariloche lo rechazó
Un padre pidió a la Justicia de Familia de Bariloche que le permitiera dejar de pagar la cuota alimentaria de su hijo adolescente y reemplazarla por el pago directo de distintos gastos, entre ellos el colegio privado, la obra social, la ropa y las actividades deportivas. Sin embargo, la jueza Cecilia Wiesztort rechazó la demanda y mantuvo el aporte fijado en un acuerdo de 2019.
El hombre había solicitado modificar el convenio que establecía una cuota equivalente al 22,5% de sus haberes, mediante retención directa. En su lugar, propuso hacerse cargo de determinados gastos del adolescente y de los que surgieran cuando estuviera bajo su cuidado.
Entre los argumentos, sostuvo que su situación familiar había cambiado desde la firma del acuerdo: había nacido otra hija, su esposa había perdido el empleo y él afrontaba los costos de la educación privada de su hijo.
La jueza analizó esos planteos y concluyó que no se había acreditado una modificación de las circunstancias económicas que justificara dejar sin efecto la cuota alimentaria.
La diferencia entre pagar la escuela y la cuota alimentaria
La cuota había sido fijada en un convenio de mediación celebrado en 2019. En ese acuerdo, el padre se comprometió a abonar el 22,5% de sus haberes totales. Además, asumió el pago de la obra social del adolescente y del 100% de las actividades deportivas y de lengua extranjera, incluidos los equipamientos necesarios. La madre, por su parte, quedó a cargo del costo de la actividad artística.
Uno de los elementos considerados en la sentencia fue la comparación entre el importe de la cuota alimentaria y el costo escolar. Según los datos incorporados al expediente, en junio de 2025 se le habían retenido al padre más de $900 mil por alimentos, mientras que la cuota del colegio privado representaba menos de la mitad de esa suma.
Para la jueza, afrontar ese gasto educativo no resolvía las necesidades cotidianas del adolescente durante su permanencia en el hogar materno. Por eso, consideró que el pago directo de determinados conceptos no justificaba suprimir el aporte mensual.
La resolución también tuvo en cuenta la situación económica de ambos progenitores. Mientras el padre contaba con un empleo formal, la madre no registraba una relación laboral formal ni inscripción como monotributista o autónoma. Según lo expuesto en la causa, obtenía ingresos de la venta de productos y del alquiler de una vivienda en otra localidad.
Cuál fue el foco de la decisión
El padre también cuestionó el uso que la madre hacía del dinero de la cuota alimentaria. Sostuvo que destinaba esos fondos a fines ajenos al bienestar del adolescente y la acusó de tener una actitud pasiva en la crianza.
La mujer rechazó esa caracterización y afirmó que se ocupa de la educación, los traslados, las tareas escolares y la salud de su hijo. Sostuvo que el padre de su hijo menosprecia y desvaloriza su rol materno y que ejerció sobre ella violencia psicológica, simbólica y física. También sostuvo que sus ingresos son informales y menores a los que el padre le atribuía, y que el alquiler que percibe por otra vivienda no alcanza a cubrir el costo de la casa donde vive con el adolescente.
Además, la mujer negó que la elección del colegio privado hubiera sido consensuada. Sostuvo que el padre decidió unilateralmente que el adolescente cursara allí la secundaria, pese a que siempre había asistido a escuelas públicas y ella quería que continuara en ese ámbito. Si bien reconoció que el hombre paga la cuota escolar, afirmó que no se hace cargo del resto de los gastos.
Al analizar el planteo, la jueza señaló que las diferencias en las formas de crianza y las acusaciones recíprocas sobre el ejercicio de los roles parentales no formaban parte del objeto del proceso. En cambio, centró su decisión en la capacidad económica de cada progenitor y concluyó que la diferencia de ingresos justificaba mantener la cuota alimentaria.
El cuidado compartido no elimina la obligación de aportar
El padre también sostuvo que participaba activamente en la educación, la salud y las actividades de su hijo. Sin embargo, la jueza entendió que no se había demostrado que asumiera una proporción mayor de las tareas de cuidado. “Esa participación resulta valiosa, aunque no fundamenta por sí sola la pretensión”, sostuvo.
La jueza señaló que, aun si el cuidado del adolescente se ejerciera en partes iguales, correspondía mantener la cuota alimentaria debido a la diferencia de ingresos entre los progenitores y a la necesidad de garantizarle un nivel de vida similar en ambos hogares.
La sentencia recordó que la obligación alimentaria corresponde a ambos progenitores y que sus aportes deben establecerse de acuerdo con sus posibilidades económicas. “La obligación alimentaria comprende manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia y gastos por enfermedad (art. 659 CCyC) y recae sobre ambos progenitores conforme su condición y fortuna (art. 658 CCyC)”, detalló.
También se tuvo en cuenta que la Defensoría de Menores e Incapaces, en representación complementaria del joven, propició le rechazo de la demanda.
Finalmente, atendiendo al interés superior del adolescente, la jueza rechazó la demanda de modificación de la cuota alimentaria y le impuso las costas del proceso al padre.