Vivieron juntos durante 30 años, ella se fue y años después reclamó parte del terreno: qué resolvió la Justicia
Una mujer que había convivido durante más de 30 años con su expareja pidió que la Justicia le atribuyera el uso de una parte del terreno donde había funcionado la vivienda familiar. La mujer planteó que atravesaba una situación económica y habitacional vulnerable, y que había dejado el lugar años atrás en el marco de situaciones de violencia de género.
Sin embargo, la pericia social incorporada al expediente hizo una advertencia: no consideró conveniente que ambos volvieran a vivir en el mismo predio, debido a los antecedentes de violencia y al posible impacto sobre la integridad física y emocional de la mujer. El planteo fue analizado por la Justicia de Familia de Bariloche, que finalmente rechazó la solicitud de atribución de la vivienda. La resolución, de todos modos, dejó abierta la posibilidad de que la mujer inicie otras acciones para hacer valer sus derechos sobre el inmueble.
La mujer había solicitado el uso de una parte del terreno, donde actualmente reside su expareja. Según surge del expediente, argumentó que no podía afrontar adecuadamente el alquiler de la vivienda en la que vive y que sus ingresos eran limitados. También señaló que debía colaborar con un hijo adulto que atravesaba problemas de salud.
El informe social reconoció una situación de vulnerabilidad multidimensional, relacionada con aspectos económicos, habitacionales, familiares y de salud. También describió antecedentes de violencia de género y una red de apoyo limitada.
Pero, al evaluar una eventual vuelta al terreno, la profesional interviniente consideró que no resultaba aconsejable que la mujer y su expareja compartieran nuevamente ese espacio. El antecedente de violencia entre ambos fue uno de los factores considerados para advertir sobre el riesgo que podía implicar esa alternativa.
La jueza también tuvo en cuenta que habían transcurrido varios años desde el final de la convivencia. Según el expediente, la relación había terminado en 2016 y el pedido judicial se presentó varios años después. Y según la normativa, no se podía exceder de los dos años, a contarse desde el momento en que se produjo el cese de la convivencia.
Además, consideró que no estaban acreditados los requisitos necesarios para disponer la atribución de la vivienda en los términos previstos por el Código Civil y Comercial. En particular, entendió que no se había demostrado una imposibilidad inmediata de procurarse una vivienda por otra vía.
Otro elemento considerado fue la situación jurídica del terreno. El terreno tampoco tiene una situación dominial regularizada. Según la prueba incorporada al expediente, se trata de una ocupación informal, conocida como “toma”, - donde además se construyeron varias viviendas en las que habitan hijos y nietos de la pareja- que no fue adjudicada por el Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social y sobre la que tampoco se inició un trámite bajo la Ley Pierri. Por eso, ninguna de las partes acreditó en este proceso un derecho de propiedad sobre el inmueble.
Por esos motivos, la jueza rechazó el pedido de atribución de la vivienda.
La resolución, sin embargo, no cerró definitivamente la discusión sobre el inmueble. El fallo dejó a salvo la posibilidad de que la mujer pueda iniciar otras acciones para hacer valer los derechos que considere que le corresponden sobre el terreno.
De este modo, la Justicia distinguió entre el pedido concreto para obtener el uso de la vivienda y una eventual discusión posterior sobre los derechos que cada una de las partes pueda tener sobre el inmueble.