VIOLENCIA FAMILIAR
Denunció a su expareja por violencia y la Justicia ordenó retirarle el arma reglamentaria
La Justicia de Familia dispuso una prohibición de acercamiento para un hombre denunciado por su expareja por situaciones de violencia y ordenó retirar de manera preventiva su arma reglamentaria y la autorización para portarla.
La medida alcanza a la mujer y a sus dos hijos. El hombre tampoco podrá acercarse al domicilio familiar ni a los lugares donde ellos trabajen, estudien o realicen actividades de esparcimiento, en un radio de 200 metros. Además, tiene prohibido mantener contacto con la denunciante por cualquier medio.
La denuncia describe una relación que comenzó en 2018 y en la que, según el relato presentado ante la Justicia, se produjeron situaciones de violencia psicológica y verbal, con gritos, descalificaciones y discusiones frecuentes. La mujer también denunció episodios de violencia física, según su denuncia, portando su arma reglamentaria.
También describió situaciones ocurridas frente a sus hijos. En uno de los episodios relatados, ocurrido durante la convivencia, uno de los niños se despertó llorando y, según la denuncia, el hombre comenzó a gritarle para que dejara de hacerlo.
La mujer indicó que en 2020 retomaron el contacto y que las situaciones de violencia verbal y física continuaron. También manifestó preocupación por episodios en los que el denunciado habría expresado comportamientos depresivos. En diciembre de 2025, según relató, el hombre habría enviado mensajes que interpretó como despedidas y posteriormente ingresó al hospital zonal, donde recibió atención y medicación.
La denunciante expresó además temor por la integridad física y psicológica de sus hijos.
Al resolver el pedido, la jueza señaló que en este tipo de procesos no resulta necesario acreditar de manera definitiva los hechos denunciados para disponer una medida de protección. Consideró suficiente que pueda inferirse, en principio, que las situaciones denunciadas pudieron haber ocurrido.
En ese marco, dispuso la prohibición de acercamiento y contacto y estableció que cualquier incumplimiento deberá ser comunicado a la Policía. La resolución advierte además que la violación de las medidas puede derivar en una investigación por desobediencia a la autoridad.
La Justicia también ordenó comunicar la medida a los establecimientos educativos de los niños y a los organismos encargados del seguimiento del caso.
Uno de los puntos centrales de la resolución fue el retiro preventivo del arma reglamentaria. La jueza ordenó a la Policía retirar el arma y la autorización para portarla hasta que exista una nueva orden judicial.
Además, intervendrá el Equipo Técnico Interdisciplinario, que deberá realizar una evaluación de riesgo y podrá convocar a integrantes del grupo familiar, proponer estrategias de abordaje y coordinar acciones con otros organismos.
Las medidas fueron dictadas con carácter provisorio y tienen vigencia de seis meses, aunque el tribunal podrá evaluar su continuidad o cese si existen elementos que acrediten un abordaje efectivo de la problemática de violencia.
La resolución se fundamentó en la Ley 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, que contempla medidas preventivas urgentes como la prohibición de acercamiento y de actos de perturbación o intimidación. La norma reconoce, entre otros, el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia y a preservar su integridad física y psicológica.
La jueza también tuvo en cuenta el interés superior de los niños, establecido por el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que dispone que ese principio debe ser una consideración primordial en las medidas que adopten los tribunales. En este caso, la resolución señaló la necesidad de resguardar la integridad psicofísica de los hijos y evitar que queden expuestos a nuevos episodios de violencia.