2026-09-16

Era encargado de prevenir incendios, participó de una fogata y lo excluyeron de la tutela sindical

Un trabajador del área de Seguridad, que había recibido capacitación para prevenir y combatir incendios, participó de un episodio con una fogata durante una guardia nocturna y perdió la protección especial que tenía como delegado gremial.

La Cámara Segunda del Trabajo consideró acreditada una conducta incompatible con sus funciones y resolvió excluirlo de la tutela sindical. La decisión permite que la empresa avance con el despido con causa que había solicitado, aunque el fallo no dispone por sí mismo la desvinculación.

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El trabajador se desempeñaba como movilero nocturno del área de Seguridad de Arelauquen Golf & Country Club. Tenía más de una década de antigüedad y había sido elegido delegado gremial. Por esa condición contaba con una protección que impedía a la empresa despedirlo, suspenderlo o modificar sus condiciones laborales sin una resolución judicial previa.

El conflicto comenzó después de que personal del establecimiento encontrara restos de una fogata apagada, tierra removida y una botella de vino vacía en un sector boscoso del predio. La empresa inició una investigación y revisó las cámaras de seguridad y los movimientos registrados por los vehículos utilizados durante la guardia. Durante aquella noche, el delegado compartió parte de la recorrida con un supervisor. Ambos cambiaron de vehículo con otro trabajador y continuaron juntos en otro móvil.

Al día siguiente, uno de los responsables del área consultó al supervisor por el fuego detectado en el predio. Según la prueba valorada por la Cámara, el supervisor reconoció que había realizado el fuego y aseguró que lo había apagado correctamente. La empresa atribuyó al delegado una participación en el episodio. Sostuvo que ambos habían utilizado el fuego para cocinar durante la jornada laboral y que se habían apartado de sus funciones. También mencionó indicios de consumo de alcohol.

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Sin embargo, no todos esos puntos quedaron demostrados. Ningún testigo vio al delegado encender la fogata, cocinar o consumir bebidas alcohólicas. Tampoco se pudo relacionar directamente con él la botella de vino encontrada horas después. El registro de GPS tampoco permitió establecer por sí solo que el vehículo hubiera permanecido durante aproximadamente dos horas en el lugar donde aparecieron los restos del fuego. El tribunal detectó limitaciones en la información disponible para precisar la ubicación y duración de cada detención.

Pese a esas falencias, la Cámara consideró que existían otros indicios suficientes para acreditar la participación consciente del trabajador. Uno de los elementos centrales fueron las imágenes de seguridad. Personal de la empresa identificó al delegado cuando descendió de uno de los móviles con un objeto reconocido como una parrilla y después lo llevó hasta su automóvil particular. El supervisor, por su parte, descendió del mismo vehículo con una pala.

Para el tribunal, esa secuencia, sumada al reconocimiento del supervisor sobre la realización del fuego y a la falta de una comunicación posterior sobre el episodio, conformó un conjunto de pruebas suficiente.

Los jueces entendieron que no era necesario determinar quién había encendido materialmente la fogata. Lo relevante era que el delegado conocía lo sucedido y había tenido una intervención consciente.

La Cámara también analizó las explicaciones que había dado el trabajador. El delegado manifestó que no recordaba con exactitud el cambio de vehículos ni su permanencia en el sector. Afirmó que esas situaciones eran habituales durante las recorridas, señaló que la pala era una herramienta de trabajo, dijo no recordar la existencia de la parrilla y negó haber compartido un asado con el supervisor.

Esas respuestas no lograron convencer al tribunal. Para la Cámara, no explicaban la presencia de la parrilla en el móvil, su posterior traslado hasta el vehículo particular ni la falta de comunicación sobre el fuego. La función que cumplía el trabajador tuvo un peso central en la decisión. La Cámara tuvo por acreditado que pertenecía al área de Seguridad, realizaba recorridas nocturnas y había recibido capacitación vinculada con la prevención y el combate inicial de incendios.

El tribunal consideró que conocía los riesgos que implicaba hacer fuego en un entorno boscoso durante el verano y sabía que debía informar cualquier situación que pudiera comprometer la seguridad del predio. El fallo no estableció, en cambio, que la fogata se hubiera realizado en un sector formalmente declarado como reserva natural intangible. Tampoco se había acreditado la existencia de cartelería preventiva o prohibitiva en los senderos al momento del episodio.

Para la Cámara, la gravedad estuvo principalmente en la contradicción entre la conducta acreditada y las funciones que tenía asignadas el trabajador. Quien debía prevenir y comunicar situaciones susceptibles de provocar un incendio había participado del episodio y después no lo había informado.

La defensa sostuvo que el delegado tenía una extensa antigüedad y no registraba sanciones disciplinarias anteriores. También afirmó que la empresa buscaba desvincularlo por su actividad gremial y denunció una persecución dentro del área de Seguridad. La Cámara descartó ese planteo. Consideró que no existían pruebas que vincularan el pedido de la empresa con la actividad sindical del trabajador. Para el tribunal, la medida se apoyó en un episodio concreto y ajeno al ejercicio de la representación gremial.

Los jueces recordaron que la tutela sindical protege a los representantes de medidas que puedan afectar el ejercicio de su actividad gremial, pero no los libera del cumplimiento de sus obligaciones laborales. Con ese criterio, el Poder Judicial hizo lugar al pedido de la empresa y excluyó al trabajador de la tutela sindical. El fallo de primera instancia no está firme porque puede ser apelado.

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