¿Cuál es la multa por tirar basura fuera de los cestos en Bariloche?
La Municipalidad de San Carlos de Bariloche recordó a vecinos y vecinas que está vigente la Ordenanza N.º 3386-CM-23, que establece la obligatoriedad de disponer los residuos sólidos urbanos (RSU) en cestos adecuados y en condiciones seguras. La normativa contempla multas para quienes arrojen o depositen residuos fuera de estos recipientes, con sanciones que varían según la cantidad.
El Municipio puso nuevamente el foco en la correcta disposición de los residuos y pidió evitar que las bolsas sean dejadas en la vía pública, fuera de los cestos correspondientes. La normativa busca contribuir al mantenimiento de la limpieza urbana y, al mismo tiempo, prevenir problemas vinculados con la dispersión de residuos, la presencia de animales y las dificultades para el trabajo de los recolectores.
Cuánto se puede pagar de multa
El artículo 9 de la Ordenanza 3386-CM-23 modifica el artículo 183 del régimen municipal de infracciones y establece diferentes sanciones para quienes desechen Residuos Sólidos Urbanos fuera de los cestos o incumplan las condiciones mínimas exigidas.
Para los residuos sólidos urbanos comunes, las multas son:
* Hasta 0,50 m³: de $6.600 a $20.130.
* Más de 0,50 m³ y hasta 1 m³: de $20.130 a $40.318.
* Más de 1 m³ y hasta 3 m³: de $40.318 a $80.355.
* Más de 3 m³: $80.355, más $40.180 por cada m³ excedente.
Es decir que, aun cuando se trate de una cantidad relativamente pequeña de residuos, dejarlos fuera del cesto puede derivar en una sanción económica. La ordenanza también establece que si los residuos obstruyen el tránsito vehicular o peatonal, la multa se incrementa en un 50%.
También se sancionan los cestos en malas condiciones
La obligación no alcanza solamente a la acción de arrojar residuos fuera de los recipientes. La normativa también establece requisitos para los cestos particulares.
Según el artículo 6, deben encontrarse en condiciones seguras para el almacenamiento y retiro de los residuos, sin bordes filosos o punzocortantes; permitir el vaciado total; contar con un volumen suficiente para almacenar transitoriamente los residuos generados y estar construidos de manera que impidan que la fauna doméstica o silvestre rompa las bolsas y desparrame su contenido.
El incumplimiento de estas condiciones tiene una sanción específica: la multa puede ir de $2.500 a $12.200.
Reincidencia y otras infracciones
La ordenanza contempla además sanciones más severas cuando se trata de residuos que puedan poner en riesgo la salud pública, incluidos residuos peligrosos, industriales o patógenos.
En esos casos, las multas parten de $12.375 para cantidades de hasta 0,50 kg y pueden alcanzar $241.065, más $120.540 por cada kilogramo excedente cuando se superan los 3 kg.
Asimismo, los vehículos utilizados para transportar, volcar o depositar los residuos que motiven una sanción pueden ser secuestrados por la Municipalidad. El infractor o titular deberá afrontar los costos de acarreo y guarda, y el vehículo permanecerá retenido hasta la cancelación de la multa correspondiente.
La normativa establece además que las multas se incrementan en un 50% en casos de reincidencia. Si el infractor fuera un funcionario público, el incremento previsto es del 100%.
La obligación de usar cestos
La Ordenanza 3386-CM-23 establece en su artículo 3 que es obligatorio disponer los residuos en cestos de residuos dentro del ejido municipal. La norma diferencia entre cestos particulares, comunitarios y públicos, y también contempla los denominados puntos verdes destinados al acopio transitorio de residuos para su recolección diferenciada y posterior recuperación o reciclado.
Desde el Municipio se remarcó que mantener limpia la vía pública constituye una responsabilidad compartida y se solicitó especialmente no dejar bolsas ni residuos fuera de los cestos.
La campaña de concientización oficial se resume en un mensaje sencillo: cada residuo en su lugar, para cuidar entre todos a Bariloche.