Bariloche: un ADN cambió su filiación a los 40 años pero la Justicia le permitió mantener el apellido de crianza
Durante más de cuatro décadas llevó el apellido de un hombre que la reconoció como hija y ocupó para ella el lugar de padre. Una prueba de ADN realizada tras la exhumación de otro hombre fallecido modificó esa historia desde el punto de vista biológico, pero no borró la identidad que había construido a lo largo de su vida.
El caso llegó al fuero de Familia de Bariloche a partir de una acción de filiación impulsada por una mujer que buscaba adecuar su situación registral a una realidad biológica que había quedado acreditada mediante un estudio genético. La prueba, obtenida en el marco de un expediente previo, determinó con una probabilidad del 99,99 por ciento que el hombre que figuraba como su padre no era su progenitor biológico y que sí lo era otra persona ya fallecida. Para arribar a esa conclusión fue necesaria una exhumación de los restos del presunto padre biológico y la extracción de muestras destinadas a un análisis genético realizado por el Laboratorio Regional de Genética Forense.
La contundencia del resultado prácticamente eliminó cualquier discusión sobre la paternidad biológica. Sin embargo, el expediente no terminó allí. Una vez despejada esa cuestión, debía resolverse qué hacer con el apellido que la mujer había llevado durante toda su vida.
En su presentación judicial explicó que no pretendía desconocer la evidencia científica ni oponerse al reconocimiento de su verdadera filiación biológica. Lo que solicitaba era conservar el apellido del hombre que la había reconocido y criado y agregar el correspondiente a su padre biológico. Argumentó que ese apellido formaba parte de su identidad personal, familiar y social, construida durante más de cuarenta años, y que eliminarlo implicaría desprenderse de una parte importante de su propia historia.
La postura encontró resistencia dentro del proceso. Una de las integrantes de la familia del padre legal aceptó tanto la impugnación de la filiación como el nuevo emplazamiento paterno derivado del ADN, pero cuestionó la posibilidad de que la mujer continuara utilizando el apellido. Según sostuvo, el reconocimiento de una nueva filiación debía desplazar completamente al vínculo anterior y, en consecuencia, también al apellido asociado a esa relación jurídica.
La jueza abordó la cuestión desde una perspectiva centrada en el derecho a la identidad. En la sentencia recordó que la identidad de una persona no se compone exclusivamente de elementos biológicos. También está integrada por los vínculos afectivos, las experiencias de vida, la pertenencia familiar y la forma en que cada individuo es reconocido dentro de su comunidad. Bajo ese criterio, consideró que el resultado del ADN permitía establecer con certeza el origen biológico de la mujer, pero no alcanzaba para borrar la trayectoria vital construida bajo un determinado nombre.
El fallo destacó que el hombre que figuraba como padre la reconoció durante su infancia y ocupó un lugar central en su historia familiar. Por esa razón, entendió que el apellido adquirido a partir de ese vínculo trascendía el aspecto puramente registral y se había convertido en un componente consolidado de su identidad. En consecuencia, concluyó que la modificación de la filiación no obligaba necesariamente a eliminar ese elemento de su vida personal.
La resolución también aclaró que mantener el apellido no implicaba conservar una doble filiación ni desconocer la verdad biológica acreditada en el expediente. El vínculo jurídico anterior fue desplazado y la nueva filiación quedó formalmente reconocida. Lo que se preservó fue la posibilidad de mantener un apellido asociado a una historia personal y afectiva que el tribunal consideró merecedora de protección.
Con esos argumentos, el fallo hizo lugar a la demanda, declaró que el hombre que figuraba en los registros no era el padre biológico de la mujer, reconoció como progenitor a la persona identificada mediante el análisis genético y autorizó que continuara utilizando el apellido con el que fue criada, incorporando además el de su padre biológico.