2026-06-22

Fallo ordenó a un municipio reincorporar a una empleada sobreseída en un sumario disciplinario

El municipio de Bariloche demoró durante meses el regreso de una empleada a su cargo original, aun cuando había sido sobreseída en un sumario disciplinario y una resolución administrativa ordenaba su reincorporación. La Cámara Segunda del Trabajo ordenó concretar la reincorporación en un plazo de cinco días.

El conflicto se originó cuando la agente fue trasladada preventivamente desde el sector de Control de Balanza del Vertedero Municipal al Departamento de Mayordomía mientras se desarrollaba un sumario administrativo. La medida tenía un carácter transitorio y estaba expresamente atada a la resolución del expediente disciplinario. Tiempo después, el Tribunal de Calificación y Disciplina resolvió sobreseerla de todos los cargos. A partir de esa decisión, la administración municipal dejó sin efecto el traslado preventivo y ordenó formalmente su retorno al puesto que ocupaba antes del sumario.

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Según la presentación judicial, esa orden quedó solamente en el papel. La trabajadora siguió desempeñándose en Mayordomía y sus reiterados reclamos administrativos no obtuvieron respuesta. Frente a esa situación promovió una medida urgente para exigir el cumplimiento efectivo de la resolución. La Municipalidad defendió su actuación al sostener que la asignación de funciones integra sus facultades de organización interna. También argumentó que el sobreseimiento no genera un derecho adquirido a desempeñarse en un sector determinado y destacó que la agente nunca sufrió una reducción salarial.

La Cámara entendió que esa discusión no era el centro del caso. Para los jueces y jueza que integran el tribunal, la cuestión relevante consistía en determinar si existía una resolución administrativa vigente que ordenaba el regreso de la trabajadora a su puesto anterior. Y la respuesta fue afirmativa.

El fallo remarcó que el Municipio no presentó ningún acto administrativo posterior que hubiera modificado, suspendido o dejado sin efecto aquella decisión. En consecuencia, consideró que la administración no puede apartarse de una resolución firme emanada de sus propios órganos sin dictar previamente otro acto que la reemplace y explique los motivos de ese cambio.

Los magistrados también descartaron que la ausencia de perjuicio económico eliminara la urgencia del planteo. Señalaron que el conflicto excedía la cuestión salarial y alcanzaba el derecho de la agente a que la administración ajuste su conducta a las decisiones que ella misma adopta mientras mantengan vigencia jurídica.

Con esos argumentos, la Cámara Segunda del Trabajo hizo lugar a la medida cautelar y ordenó a la Municipalidad de Bariloche reincorporar a la trabajadora a su anterior puesto de trabajo dentro de los cinco días de notificada la resolución.

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