2026-06-18

Un fallo judicial autorizó a un adolescente de Bariloche a viajar a Chile para competir en regatas

La jueza de Familia otorgó el permiso ante la imposibilidad de ubicar al progenitor. Se fundamentó en el derecho a la recreación y el deporte como parte del desarrollo integral del joven deportista.

Un adolescente de Bariloche tiene vía libre para participar de una serie de competencias de remo y regatas internacionales en Chile. Un fallo del fuero de Familia autorizó su salida del país para competir en distintos eventos deportivos que se desarrollarán en localidades del país vecino, con fechas previstas para junio y noviembre de 2026, en el marco del derecho a la recreación y la actividad deportiva como parte de su desarrollo integral.

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La decisión judicial se adoptó a partir de una presentación realizada por la madre, quien solicitó la autorización para garantizar la participación del adolescente en competencias internacionales vinculadas a su actividad deportiva. El joven integra un club de remo local, donde entrena de manera sostenida y forma parte de un equipo que participa de distintas regatas y proyecta su presencia en competencias fuera del país.

En el expediente se informó que el progenitor no pudo ser notificado porque no se conoce su domicilio actual. Esa circunstancia impidió concretar la comunicación formal del proceso y permitió que la jueza avance con el tratamiento del pedido sin su intervención, en los términos previstos por el Código Procesal de Familia para los casos en los que no es posible ubicar a una de las partes.

La normativa establece que para la salida del país de niños, niñas y adolescentes se requiere el consentimiento de ambos progenitores. Sin embargo, prevé que la autorización pueda ser otorgada judicialmente cuando uno de ellos no puede ser encontrado o no expresa su conformidad. En ese contexto, la causa avanzó directamente con intervención de la unidad procesal de Familia, que resolvió un planteo concreto.

La Defensoría de Menores tomó intervención en el trámite y entrevistó al adolescente en los términos de la Convención sobre los Derechos del Niño. En ese espacio expresó su interés en viajar, su entusiasmo por participar de las regatas y el valor que le asigna a la posibilidad de competir en el exterior como parte de su formación deportiva.

El organismo acompañó el pedido y consideró procedente la autorización solicitada. También destacó la relevancia de la opinión del adolescente en este tipo de decisiones y entendió que no correspondía reiterar instancias de escucha, ya que la voluntad había sido expresada de manera clara y directa en el proceso.

En su resolución, la jueza ponderó el interés superior del niño, el derecho a la recreación, al deporte y a la vida cultural y social como parte de su desarrollo integral. También tuvo en cuenta que el progenitor no pudo ser notificado pese a las gestiones realizadas, lo que impidió su intervención en el proceso y permitió que el trámite continuara sin su participación.

La autorización fue concedida de manera puntual para los viajes informados, con fechas concretas y sin permiso de radicación. El fallo aclaró además que cualquier futura salida del país deberá ser valuada en forma independiente, según las circunstancias que se presenten en cada caso concreto y las condiciones que puedan variar en el tiempo.

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