2026-04-07

Por la muerte de un menor en la pileta: el Municipio de Roca tardó más de un año en entregar las pruebas a la Justicia

El abogado querellante que representa a la familia denunció que el municipio demoró casi un año y medio en entregar los videos del hecho y que, en un primer momento, aportó un registro editado.

Luego de la audiencia en la que se cambió la carátula, de muerte dudosa a homicidio culposo, la muerte del menor de 12 años en un natatorio municipal volvió a quedar bajo cuestionamiento a partir de los planteos del abogado querellante Jesús Pablo Maida, en representación de los padres, quien denunció demoras y la entrega de videos editados como prueba clave en la causa.

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Según sostuvo, esa situación expone un proceder cuestionable por parte de las autoridades municipales, ya que habrían incurrido en la manipulación de una prueba material clave, como es el registro de las cámaras de video, y en “una clara reticencia” a entregar esa prueba.

“Tardaron casi un año y medio en entregar los videos”, destacó con cierta indignación el querellante, quien además advirtió que desde la comuna que conduce María Emilia Soria, en un primer momento, habrían entregado un registro editado, en el que faltaba justamente la parte del incidente con el menor.

“Lo grave es que la misma municipalidad usó el video completo para desvincular a la profesora de educación física y al bañero, y, a pesar de los pedidos, a nosotros nos dieron una copia editada”, sostuvo Maida, quien hizo notar que otros casos similares fueron resueltos en mucho menos tiempo, ya que los jueces contaban con todas las pruebas.

Sobre la prueba entregada por el municipio, el abogado sostuvo que “no se podían ver los últimos minutos, donde realmente ocurrió el hecho”. Entonces, explicó que tuvieron que reiterar varias veces el pedido, al igual que la Fiscalía, hasta que finalmente lo entregaron.

Las declaraciones

El hecho ocurrió a fines de diciembre de 2023 y, según los testimonios de los otros nenes que estaban junto a la víctima —recogidos mediante Cámara Gesell—, fue una de las niñas quien advirtió que faltaba uno de los chicos luego de un juego que consistía en sacar un palito del fondo de la pileta.

“Debe estar en el baño”, habría sido la respuesta del adulto a cargo. Pero se podría sumar un nuevo agravante, ya que habría quedado asentado en el expediente que el bañero estaba jugando a un videojuego desde un dispositivo móvil mientras los chicos participaban de la actividad.

“La conclusión es que hubo todo un ocultamiento de la situación, y que fueron las chicas, no los adultos presentes, las que se dieron cuenta de que faltaba un nene”, destacó el abogado, quien además cuestionó que en el lugar no hubiera un desfibrilador para atender casos de emergencia.

Ahora la Justicia abrió un período de cuatro meses para que las partes sigan aportando pruebas, pero para la querella “lo que está claro es que hay una familia a la que la rompieron”, y se lamentó porque, “desde lo humano, no hubo contención por parte del municipio”, ya que “nunca se acercó nadie a hablar con ellos, salvo el día de la formulación de cargos”.

La Justicia tiene en cuenta otros elementos para sopesar todos los aspectos del caso, como el informe de la autopsia, donde se constata que el menor “presentaba una malformación vascular cerebral. Se trata de una lesión cerebral que ya tenía”, lo que podría haber causado un desmayo.

“Pero no es lo mismo haber reaccionado a los 30 segundos o al minuto, que a los seis minutos”, remarcó Maida sobre este aspecto del expediente.

De la reciente audiencia se desprende que tanto la profesora como el bañero habrían omitido el deber de cuidado al no advertir lo que ocurría. Ese tiempo de inmersión prolongada, sin supervisión efectiva ni asistencia inmediata, provocó que el menor sufriera un episodio de ahogamiento por sumersión, falleciendo como consecuencia de una asfixia vinculada a dicha circunstancia, sostuvo el Ministerio Público Fiscal.

“Se les indicó un ejercicio y el niño no salió a la superficie como lo hicieron los demás”, explicó la Fiscalía. Esta situación habría sido advertida minutos después por ambos imputados, quienes lo sacaron del agua y comenzaron a realizar maniobras de RCP hasta la llegada de la ambulancia.

La calificación legal por la cual fueron imputados es homicidio culposo, según los artículos 45 y 84 del Código Penal, y la pena máxima prevista es de seis años de prisión.

Por lo pronto, se agregaron informes del municipio de General Roca, entrevistas realizadas mediante el dispositivo de Cámara Gesell y la intervención del Cuerpo de Investigación Judicial de la Policía de Río Negro.

Por su parte, la jueza de Garantías interviniente explicó que “la investigación deberá determinar si la asfixia por inmersión señalada como causa de muerte se produjo por negligencia o imprudencia de quienes estaban a su cuidado, o si fue consecuencia de una patología previa del niño que, aun con la debida diligencia, no se hubiera podido evitar. Estas son las dos teorías del caso planteadas en esta audiencia”.

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