Condenan a siete años de prisión a un hombre por robos, amenazas y violencia de género
Un hombre fue condenado a una pena unificada de siete años de prisión efectiva, en el marco de un juicio abreviado, por hechos de lesiones con un cuchillo, amenazas calificadas, un robo agravado por el uso de arma de fuego cometido en una despensa del barrio Frutillar y amenazas en contexto de violencia de género y desobediencia.
La pena se conformó mediante la sumatoria de una condena de cuatro años de prisión por los hechos relatados en la audiencia —ocurridos entre octubre de 2025 y febrero de 2026 en distintos puntos de la ciudad— con otra de tres años dictada en agosto de 2025, cuya condicionalidad fue revocada.
Las víctimas de los distintos hechos fueron informadas de este juicio abreviado y prestaron su conformidad con la resolución alcanzada.
Según la acusación fiscal, el primero de los hechos ocurrió en octubre de 2025, cuando el imputado atacó con un cuchillo a dos personas en una vivienda, provocándoles lesiones leves. En enero de 2026, interceptó a un adolescente en la vía pública y lo amenazó con un arma de fuego, generándole temor.
Otro de los hechos atribuidos ocurrió el 4 de febrero de 2026, en horas de la noche, cuando el imputado retiró mercadería de un comercio del barrio Frutillar. Al ser increpado por la empleada, la intimidó exhibiendo un arma de fuego.
Días después, en un contexto de violencia de género, se presentó en un lugar donde se encontraba su expareja —sobre quien pesaba una prohibición de acercamiento— y la amenazó de muerte, incumpliendo la orden judicial vigente. En esas circunstancias, y en virtud del hecho de robo antes mencionado, se le impuso la medida cautelar de prisión preventiva.
Los hechos fueron calificados como lesiones leves, amenazas calificadas por el uso de arma de fuego, robo agravado por la utilización de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse y amenazas en concurso con desobediencia judicial, todo en carácter de autor.
La Defensa Pública Penal prestó conformidad en esta instancia procesal, tras haber tenido acceso a la totalidad de la evidencia reunida en los distintos legajos y haber explicado al imputado los alcances de un eventual juicio oral.
En ese marco, consideró que la solución propuesta resultaba adecuada para resolver de manera integral los casos. Asimismo, el imputado reconoció su responsabilidad en los hechos, aceptó la pena y consintió la unificación con la condena anterior.
El Tribunal tuvo por acreditados los hechos, su calificación legal y la responsabilidad penal del imputado, valorando la prueba reunida en cada legajo, el reconocimiento efectuado y la legalidad del proceso.
En consecuencia, homologó el juicio abreviado, impuso la pena de cuatro años de prisión efectiva, revocó la condicionalidad de la condena anterior y unificó ambas sanciones en una pena única de siete años de prisión efectiva, que comenzó a cumplirse desde ese momento.