ZONA ANDINA
Padre autorizó que sus hijos vivan en otra provincia tras un acuerdo de mediación
Un acuerdo alcanzado en una mediación prejudicial en la zona andina de Río Negro redefinió la organización familiar de una pareja tras la separación. El padre autorizó que sus hijos se radiquen con la madre en otra provincia. Además en el mismo convenio, ambas partes establecieron las condiciones económicas y habitacionales que regirán a partir de ahora.
El eje del entendimiento fue el cambio de centro de vida. Los niños residirán en otro distrito junto a su madre, quien deberá informar el nuevo domicilio una vez concretada la mudanza. El acuerdo contempla que, si el traslado impacta en la modalidad de contacto, cualquiera de las partes podrá solicitar una nueva instancia de mediación para revisar las pautas fijadas.
La cuota alimentaria quedó establecida en el equivalente a tres salarios mínimos y medio. El pago deberá realizarse entre los días 1 y 10 de cada mes en una cuenta a nombre de la madre. Al estar expresada en Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, la prestación se ajustará automáticamente cada vez que se actualice ese índice oficial, sin necesidad de promover un nuevo trámite judicial.
La situación habitacional también se incluyó en la negociación. Las partes acordaron que la vivienda conyugal será atribuida a la madre y a los hijos en común, una vez que quede desocupada por los actuales inquilinos. El uso del inmueble se extenderá hasta que el menor de los niños alcance la mayoría de edad. El padre asumió el compromiso de realizar las gestiones necesarias para conocer la fecha de desocupación y comunicarla.
Además, regularon el destino del alquiler de esa propiedad. El producido se dividirá en partes iguales. El 50 por ciento correspondiente al padre se imputará al pago de la cuota alimentaria. Si la vivienda deja de alquilarse, el obligado deberá completar el monto pactado por otros medios hasta alcanzar la suma fijada. La porción asignada a la madre también se destinará al sostenimiento de los hijos.
El régimen de comunicación quedó definido con días y horarios específicos para el retiro y reintegro de los niños, incluidos fines de semana alternados. También se estableció un canal telefónico directo para mantener el contacto del padre y de la familia paterna con los hijos.
El acuerdo, que contó la intervención de una mediadora oficial, fue suscripto en el ámbito del Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos y adquirió carácter obligatorio desde su rúbrica, conforme las reglas que rigen la mediación prejudicial en la provincia.