Divorcio en disputa: quiso bloquear la salida del país de sus hijos y tuvo un duro revés judicial
Un divorcio que parecía encaminado terminó en un nuevo frente judicial. En Bariloche, una pareja que había alcanzado un acuerdo integral sobre alimentos y cuidado compartido de sus dos hijos menores sumó un conflicto inesperado: la retención de los pasaportes de los chicos.
El matrimonio, celebrado en España, tiene dos hijos que también poseen ciudadanía española. En el convenio regulador acordaron la cuota alimentaria, el sistema de cuidado personal compartido y el régimen de comunicación. Incluso dejaron para una instancia privada la liquidación de bienes.
Sin embargo, el padre incorporó una condición particular: solo entregaría los pasaportes si previamente una jueza dictaba una prohibición de salida del país, ante el temor de que la madre se radicara en Chile con los niños.
La objeción de la madre y la intervención judicial
Al contestar la demanda de divorcio, la madre rechazó esa cláusula. Argumentó que necesitaba contar con la documentación de sus hijos y que no existía ninguna orden judicial que justificara la retención.
La Defensoría de Menores también cuestionó el planteo y advirtió que la condición afectaba el derecho de los niños a su documentación y a su identidad.
La jueza de Familia de Bariloche decretó el divorcio y homologó el acuerdo en lo referido a alimentos y cuidado compartido. Pero fue clara respecto del punto en disputa: si el padre pretendía una prohibición de salida del país, debía iniciar el trámite correspondiente. Mientras tanto, ordenó la entrega de los pasaportes en un plazo de tres días.
La apelación y el nuevo expediente
El hombre apeló la decisión, sosteniendo que el riesgo de radicación en Chile era concreto. El recurso fue concedido con efecto suspensivo, lo que dejó en pausa la entrega de la documentación.
Frente a esa situación, la madre promovió una medida cautelar autónoma y denunció que los pasaportes seguían retenidos. Además, señaló que el padre trabaja en Europa y pasa largas temporadas fuera del país, lo que podía dejar a los niños sin documentación ante cualquier urgencia.
En ese nuevo trámite, el padre presentó finalmente los pasaportes ante el juzgado, pero pidió que no fueran entregados hasta que se resolviera la prohibición de salida. Los documentos quedaron bajo resguardo judicial mientras avanzaban en paralelo la apelación y un pedido de autorización para un eventual cambio de residencia a Chile.
Qué resolvió la Cámara
La definición llegó desde la Cámara de Apelaciones. El tribunal sostuvo que ninguna cláusula acordada entre las partes puede obligar a un juez a dictar una medida cautelar. Remarcó que una eventual prohibición de salida del país debe analizarse según los requisitos legales en el expediente específico.
Además, subrayó que la documentación de los niños no puede quedar supeditada a una condición sujeta a una decisión judicial futura.
Con esos fundamentos, la Cámara confirmó la orden de entrega de los pasaportes y dejó en claro que cualquier restricción para salir del país deberá tramitarse por la vía correspondiente.
La prohibición de salida aún no tiene resolución definitiva y será analizada junto con el planteo sobre el eventual cambio de radicación de los chicos a Chile, que continúa en trámite.