2025-12-01

ATENCION

Reglas claras: los ciclistas deben cumplir las mismas normas de tránsito que los automóviles

No es novedad que Bariloche es ideal para disfrutar Naturaleza. Muchos turistas y/o residentes lo hace con sus bicicletas, pero los ciclistas deben tomar precauciones y respetar las reglas de la Ley Nacional de Tránsito.

La Ley Nacional de Tránsito de Argentina (Ley 24.449) establece que las bicicletas deben circular por el borde derecho de la calzada o por las bicisendas y ciclovías cuando existan. Se debe circular en fila (uno detrás del otro), indicar los giros con antelación y respetar la prioridad de los peatones y de los ciclistas en cruces. La edad mínima para circular en la vía pública es de 12 años, pero se recomienda que los menores de 18 vayan acompañados por un adulto. 

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Qué dice la Ley

Dicha Ley Nacional de Tránsito (24.449) establece que una bicicleta es un vehículo y, como tal los ciclistas deben cumplir con las normas viales que se especifican en el sitio Argentina.gob.ar. 

Respetar semáforos y prioridades de paso. Además hay que contar con un rodado en buen estado (frenos, luces), usar casco protector (obligatorio, homologado o certificado), ropa adecuada, y llevar el DNI en vías compartidas con automotores. Entre las prohibiciones no está permitido circular en calzadas (veredas) ni autopistas. En el caso de calzadas demarcadas, los ciclistas deben hacerlo por el borde derecho.

Ropa y Calzado: usar ropa preferentemente de colores claros y que no sea suelta para evitar enganches, y calzado que se afirme con seguridad a los pedales. Manos al Manubrio: circular siempre con ambas manos sobre el manubrio y con ambas ruedas en contacto con el piso. Documentación: se recomienda llevar el DNI (Documento Nacional de Identidad).

Obligaciones: respetar las señales de tránsito, ceder el paso a peatones en esquinas y a quien circula por la derecha en intersecciones. La bicicleta debe tener un sistema de rodamiento, dirección y freno eficientes. Es obligatorio contar con luces y señalización reflectiva, timbre, bocina, guardabarros y espejos retrovisores (según modificaciones de la ley). Es obligatorio el uso de casco protector. La ropa debe ser de colores claros y ajustada, y el calzado debe sujetarse con seguridad a los pedales. Con respecto al transporte de carga o niños, debe ser seguro y no comprometer la estabilidad de la bicicleta. Los niños deben ir en asientos especiales o portaequipajes (parrillas).

Prohibiciones: las bicicletas tienen prohibido circular por autopistas y semiautopistas. Los ciclistas no pueden circular en zigzag, agarrado a otro vehículo (ni a otra bicicleta) o inmediatamente detrás de un auto. Zonas exclusivas, no se debe circular por los canteros centrales o por las calles peatonales, a menos que las normativas locales lo permitan y a baja velocidad. La edad mínima de circulación en vía pública (calles) es de 12 años. Se recomienda que los menores de 18 años circulen acompañados por un adulto, especialmente en calles con tráfico vehicular. Si se circula en grupo, deben hacerlo uno detrás del otro, en fila india, nunca en paralelo.

Los requisitos y obligaciones más importantes que deben seguir los ciclistas en Argentina: para poder circular, la bicicleta debe contar con sistema de Rodamiento, dirección y freno,  permanentes y eficaces (frenos en ambas ruedas). Luz blanca hacia adelante. Luz roja de posición hacia atrás. Elementos reflectivos en pedales y ruedas (ojos de gato) para ser detectada de noche. Accesorios: espejos retrovisores en ambos lados (según la modificación de la ley). Timbre, bocina o similar. Guardabarros sobre ambas ruedas.

 

 

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