Lo que hay que saber a la hora de votar
En cada elección suelen surgir dudas a la hora de ir a votar. La referencia no es por las opciones a escoger (eso ya depende de las valorizaciones personales sobre los candidatos), sino a inquietudes que, por ejemplo, pueden aparecer al momento de presentar la documentación; y este año, sobre todo, es probable que asomen inseguridades ante el uso de la boleta única de papel.
Así, hay que saber que los documentos válidos para votar son el DNI nuevo (2025), el DNI tarjeta, el DNI tarjeta de la libreta celeste que tiene la leyenda “No válido para votar”, el DNI libreta celeste, el DNI libreta verde, la Libreta de enrolamiento y la Libreta cívica, pero, en cualquier caso, sólo podrán votar quienes presenten el documento que figure en el padrón o una versión posterior.
Escena del jueves en Bomberos voluntarios, durante la capacitación para las autoridades de mesa.
En cuanto a la boleta, toda la oferta electoral estará disponible en una sola papeleta.
Puntualmente, en Río Negro habrá alternativas en dos categorías, senadores y diputados, ya que estarán en juego tres bancas de la cámara alta y dos de la baja.
En el frente del papel se verán, a modo de cabeza de columnas, las denominaciones de las agrupaciones políticas, y debajo, las filas donde se individualizarán los cargos a elegir con casilleros en blanco, para que el elector marque su preferencia en cada categoría.
En el dorso, en tanto, se ubicará un espacio para que el presidente de mesa ponga su firma, además de las instrucciones para la emisión del voto junto a la individualización del distrito.
¿Cómo utilizar la boleta única?
El acto electoral comenzará a las 8 (para tal fin, se necesitará que, al menos, esté presente una autoridad de mesa).
Los primeros en votar serán las autoridades de mesa y los fiscales partidarios, siempre que se encuentren inscriptos en el padrón de la mesa en cuestión. Luego, votará la ciudadanía. Cabe señalar que, si al momento de abrirse el acto, los fiscales no están presentes, sufragarán a medida que se incorporen a la mesa.
Quienes serán autoridades de mesa siguieron con atención las explicaciones.
En cuanto a los pasos para votar con la boleta única, no difieren demasiado de los clásicos de las boletas partidarias individuales, salvo por la necesidad de marcar las opciones escogidas por figurar todas en un solo papel.
La persona deberá acercarse a la mesa en la que figure y presentar su documento; si se verifica que la identidad del elector es correcta, se le entregará una boleta extraída del talonario correspondiente, con la firma del presidente de mesa. También se le dará un bolígrafo, para pasar a la cabina de votación, donde el votante deberá realizar (con el bolígrafo) una marca de cualquier tipo dentro del casillero correspondiente a la opción de su preferencia.
Durante la tarde del jueves, se apreció una larga cola de gente para ingresar en el gimnasio de Bomberos voluntarios, para recibir la capacitación para ser autoridad de mesa.
Una vez que se realicen las marcas correspondientes, el elector deberá seguir las instrucciones del dorso para doblar la boleta de modo que su decisión se mantenga en secreto.
Así, el votante volverá al sitio donde esté ubicada la autoridad de mesa, mostrará que la boleta contiene la firma hecha por aquélla, introducirá la boleta en la urna y firmará el padrón en el espacio indicado.
Por último, le devolverán su documento junto con la constancia de emisión.
En Bomberos voluntarios se contó con material explicativo para que sirviera de ejemplo.
Cabe resaltar que, ante electores con discapacidad (visual, auditiva, física, intelectual y psicosocial), como así también personas mayores, votantes embarazadas y/o con niños, o casos de personas que hayan sido trasplantadas, o que tengan tratamientos oncológicos, diálisis y cardiopatías, entre otras particularidades, deberán existir medidas de accesibilidad con la finalidad facilitarles el procedimiento, respetando sus derechos. De tal forma, por ejemplo, si una persona con discapacidad se presenta con su perro guía o de asistencia, se deberá permitir su ingreso y permanencia en la cabina de votación. Asimismo, teniendo en cuenta factores como los mencionados, la autoridad de mesa tendrá que procurar hacer efectiva la prioridad de esos votantes.
Debe señalarse que los electores con discapacidad o condiciones físicas permanentes o transitorias que les impidan, restrinjan o dificulten el ejercicio del voto, así como aquellos con discapacidad visual, podrán ser acompañados por alguien de su elección que acredite su identidad. También tendrá la posibilidad de brindar dicha asistencia el presidente de mesa.
Además, en el espacio más cercano al ingreso del establecimiento donde se sufrague, deberá estar instalada una cabina de votación accesible, para ser utilizada por las personas que lo requieran.
Muchos de los que concurrieron a la capacitación, mientras aguardaban el comienzo de las explicaciones, leían manuales con las indicaciones para desempeñarse como autoridad de mesa.
Es importante saber que, si bien el acto electoral culminará a las 18, si a esa hora aún se encuentran personas aguardando para votar dentro del establecimiento, deberá esperarse que sufraguen para después realizar el cierre.
En cuanto al conteo de votos, debe resaltarse que las autoridades de mesa fueron instruidas a que, en los casos donde las marcas efectuadas por los electores sobrepasen el respectivo casillero (sin que haya duda sobre la opción escogida), deberá prevalecer un criterio amplio a favor de la buena voluntad del elector.
Momento en que quienes serán autoridades de mesa brindaban sus datos para participar de la capacitación.
En caso de que el votante haya decidido dejar sin marcar alguna de las categorías (o ambas) se considerará voto en blanco (respecto a la o las partes en las que el elector no haya marcado a ninguna de las opciones).
Si en la urna, más allá de las previsiones dispuestas, aparece una boleta no oficializada, se considerará un voto nulo. Pasará lo mismo si la boleta es la oficializada pero contiene dos o más marcas de distintas agrupaciones políticas para la misma categoría. En ese caso, la nulidad se limitará a la categoría en que se hubiese producido la repetición de opciones.
También se declarará nulo un voto de una boleta en que se hubiese roto algunas de las partes, pero sólo si eso impide establecer cuál fue la opción electoral escogida. Y la nulidad corresponderá a la categoría en la que no fuera posible identificar el voto por la rotura.
Asimismo, será nulo el voto donde la boleta aparezca con inscripciones, imágenes o leyendas de cualquier tipo distintas a la marca que debe realizarse para escoger una opción. Lo mismo sucederá si dentro de la boleta plegada se hubiesen incluido objetos extraños a ella (papeles, estampitas, etcétera).
Levantando la mano para hacer consultas.
Por otra parte, podrá haber votos que sean recurridos, es decir, aquellos cuya validez o nulidad fuera cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. En ese caso, las causas esgrimidas se asentarán brevemente en un formulario especial, para adjuntarlo a la boleta respectiva. En esos casos, la Junta electoral decidirá oportunamente sobre su validez o nulidad.