FALLO JUDICIAL
Compró un regalo, no le gustó y terminó en la Justicia
Un hombre compró unas antiparras para regalarle a su pareja, pero a ella no le gustaron. El comercio le ofreció cambiar el producto por otro, pero no encontró nada de su agrado. Al no recibir la devolución del dinero, decidió presentar una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de Bariloche. Según él, el local violó la Ley de Defensa del Consumidor y, además, afirmó que su pareja fue maltratada por los empleados en varias visitas al lugar.
¿Qué dijo el comercio?
El negocio negó las acusaciones y aseguró que el cliente compró el producto de forma voluntaria. También aclararon que el derecho de arrepentimiento, que permite devolver un producto, solo aplica en compras realizadas a distancia (por ejemplo, online o por catálogo) y no en las realizadas en persona.
¿Qué resolvió la Justicia?
La jueza determinó que el comercio actuó correctamente, basándose en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor:
- El artículo 10 bis establece que los consumidores pueden exigir el cumplimiento del contrato, aceptar un cambio por un producto equivalente o rescindir la compra si el proveedor incumple. Sin embargo, en este caso, no se encontraron defectos en el producto ni razones que justificaran devolver el dinero.
- El artículo 34 señala que el derecho de arrepentimiento solo se aplica en compras a distancia, donde el cliente no tiene la oportunidad de inspeccionar el producto antes de adquirirlo. En compras presenciales, se presume que el cliente está conforme al momento de pagar.
Además, rechazó los reclamos por daño moral y punitivo porque no se presentaron pruebas suficientes de los supuestos malos tratos hacia la mujer.