2024-12-24

ACUERDO DE JUICIO ABREVIADO

Tres años de prisión en suspenso y prohibición de salir del país por múltiples hechos delictivos

En el marco de un acuerdo pleno de juicio abreviado, Fabián Alejandro Ñanco Inostroza, resultó condenado a la pena de tres años de prisión en suspenso, más la obligación de respetar pautas de conducta para sostener la condicionalidad de la condena por los delitos de hurto agravado, robo agravado, atentado y resistencia a la autoridad y encubrimiento.

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El acuerdo fue suscripto por el acusado, el defensor particular Horacio Brucellaria y la fiscala María José Jalil. De este modo se puso fin a varios legajos judiciales en los que el acusado era protagonista.

En uno de los casos le atribuyeron a Inostroza un hecho ocurrido el 15 de febrero de 2024, cuando rentó un automóvil que luego utilizaron otros sujetos que ingresaron a la habitación de un complejo turístico y se apoderaron de varios elementos.

También le atribuyeron otro hecho ocurrido el mismo día en otro complejo hotelero en el que también lograron ingresar a una habitación y se apoderaron de diversos elementos de un pasajero, cargando todo en una valija.

También le atribuyeron un hecho ocurrido el 19 de febrero en el que ingresaron a una vivienda y se apoderaron de una importante suma de dinero discriminada en moneda argentina, euros y dólares.

Otro hecho ocurrido el 9 de mayo de 2024, cuando el acusado no acató la orden de detención del rodado que le efectuó un policía que procuraba identificarlo en calle Boock y Avenida de los Pioneros. En su intento de fuga, terminó perdiendo el control del rodado y volcó sobre uno de sus laterales.

En otro legajo, lo acusaron por haber llevado puesta una campera robada al momento de su detención, el 9 de mayo de 2024.

En definitiva el sujeto resultó acusado por robo con escalamiento a título de partícipe necesario, hurto agravado por escalamiento a título de partícipe necesario, robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda a título de partícipe necesario, desobediencia a la autoridad y resistencia contra la autoridad y encubrimiento.

Como parte del acuerdo, al acusado le impusieron tres años de prisión de ejecución condicional, con la obligación de respetar pautas de conducta entre las que destacan no tomar contacto con personas con procesos penales. El sujeto que había llegado detenido al proceso, recuperó su libertad tras la condena, pero le impusieron una prohibición de salida del país.

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