2024-12-17

PARA VEHICULOS QUE LLEVEN MÁS DE 5 PASAJEROS

Decreto de desregulación del transporte no alcanza a taxis y remises

La propuesta del Gobierno nacional de la desregulación del Transporte Público de Pasajeros se lleva principalmente a cabo en el orden nacional. Rige para transportes de más de 5 personas, con lo cual no afecta a taxis y remises.

Los decretos 883/2024 y 830/2024 tienen un alcance en el distrito nacional, en lo metropolitano, AMBA y parte del conurbano. También se daría en los Parques Nacionales y “después no tiene más injerencia en ninguno lado porque los municipios son autónomos”, indicó Carlos Di Franco de la Asociación Propietarios de Taxis.

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También el taxista explicó que “puede ser que la Provincia quiera adherir o algún municipio. Por el momento no creo que esto sea aceptable, ni recomendable, creo que la desregulación es más que nada para donde hay aglomeración de gente, teniendo en cuenta que en el AMBA siempre se ha pagado más barato el boleto urbano y eso marca una liberación”.

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Asimismo aclaró que “estas reglamentaciones las controla la CNRT (Comisión Nacional de Regulación de Transporte) que vincula el transporte a partir de 5 pasajeros, ese es el organismo de control y también está la Agencia de Seguridad Nacional sin facultad de infraccionar, ni siquiera a un particular”.

Para Di Franco el decreto es muy claro, “la mencionada desregulación no afecta a taxis, remises, ni regula las aplicaciones denominadas popularmente UBER. La reglamentación sólo impacta en los servicios de transporte de pasajeros generando una mayor competitividad en el sector, agilizando los procesos administrativos, y unificando los trámites dentro del Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP)”.

Los transportistas que ya estén prestando servicios podrán continuar operando y tendrán un plazo de hasta sesenta días corridos para declarar en el RNTAP los servicios a realizar de acuerdo a la metodología aprobada.

A partir de esta reglamentación se podrán establecer libremente recorridos, itinerarios, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios, logrando una mayor oferta y competencia de precios, con beneficios tanto para el pasajero como para empresas y transportistas.

Cabe destacar que se mantienen las exigencias de seguridad ya establecidas en la normativa vigente, tanto de tránsito y seguridad vial, como en los requisitos en materia de seguridad, higiene y accesibilidad correspondientes a cada clase y tipo de vehículo. Además se deberá cumplir con la revisión técnica vehicular de los vehículos.

La medida publicada mediante Resolución Nº 57/2024 e impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, reglamenta los procesos de desregulación del transporte automotor de pasajeros de larga y media distancia, como de oferta libre contemplados en los decretos 883/2024 y 830/2024 respectivamente, con modificaciones centrales que brindarán mejoras al sector.

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