2024-09-26

REGLAMENTO

Reforma laboral: los cambios en indemnizaciones y más

Se publicó en el Boletín Oficial este jueves.

El presidente Javier Milei firmó el miércoles la reglamentación de la reforma laboral estipulada en la Ley Bases. Este nuevo marco legal se publicó en el Boletín Oficial este jueves, generando diversas reacciones en la comunidad laboral y empresarial.

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La firma del decreto había sido retrasada una semana para permitir negociaciones adicionales con sectores dialoguistas de la Confederación General del Trabajo (CGT), evitando así otro paro general. De acuerdo con fuentes gubernamentales, el retraso se debió a "cuestiones administrativas". En la mesa de negociación estuvieron presentes destacados dirigentes sindicales como Héctor Daer de Sanidad, Carlos Acuña de Estaciones de Servicio, José Luis Lingeri de Obras Sanitarias, Gerardo Martínez de Uocra y Andrés Rodríguez de Upcn.

La reforma fue trabajada intensamente por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, en colaboración con la mesa técnica de Balcarce 50, compuesta por el vicejefe de gabinete, José Rolandi, y la secretaria de Planeamiento Estratégico, María Ibarzábal.

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Uno de los principales cambios acordados consiste en la modificación del artículo 97 de la Ley Bases, que ahora permitirá a los trabajadores independientes contratar hasta tres empleados sin crear un vínculo de dependencia, pero con salvaguardias para prevenir fraudes laborales. Esto incluye el establecimiento de un régimen especial unificado compuesto por cuotas mensuales que abarcan el régimen previsional, la obra social y el seguro.

Otro punto crítico de la reforma es el ajuste en el artículo 94 de la Ley Bases, basado en la Ley 20.744, que introduce la posibilidad de despidos en el caso de bloqueos a empresas. Este apartado generó intensas discusiones, y aunque la CGT sugirió incluir una instancia judicial previa al despido, todavía no se ha confirmado si se tomará en cuenta esta modificación.

Entre los aspectos más destacados de la reforma se incluye la creación de un régimen simplificado de registración laboral, beneficiando a empresas pequeñas con un único aporte. Además, se estableció una extensión del período de prueba de tres a seis meses, con la posibilidad de ampliar a ocho meses para pymes que empleen hasta cien trabajadores y hasta un año para aquellas con menos de cinco empleados. La medida busca proporcionar mayor flexibilidad laboral sin comprometer la estabilidad de los trabajadores.

Otro cambio significativo es la instauración de un fondo de cese laboral que actúa como una alternativa a las tradicionales indemnizaciones por despido. Financiado únicamente por aporte del empleador, este fondo no podrá exceder el 8% del salario y será reglamentado por la Secretaría de Trabajo.

Finalmente, la reforma establece nuevas condiciones para los trabajadores independientes. Se redefine el número de colaboradores que estos pueden emplear, reduciéndolo de cinco a tres sin que esto implique una relación de dependencia. Además, se agravan las indemnizaciones por despidos discriminatorios y se introducen modificaciones en las licencias por maternidad, permitiendo acumular hasta 35 días posteriores al parto si se reducen los días previos.

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